27 mayo 2013
La Defensora del Pueblo no recurrirá las tasas judiciales ante el Tribunal Constitucional
La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, no recurrirá las nuevas tasas judiciales al entender que su reforma cambió en lo “sustancial” estos gravámenes y su modificación a través de un decreto-ley venía justificada ante la “extraordinaria y urgente necesidad” de aliviar las cargas tributarias de los ciudadanos.
Así ha respondido la institución en una resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, que ha sido remitida a Carlos Carnicer, presidente del Consejo General de la Abogacía y miembro de la Plataforma Justicia para Todos, integrada también por varias organizaciones sindicales y de consumidores.
Los solicitantes consideran que subsisten motivos de inconstitucionalidad en la reforma de la Ley de Tasas judiciales, que fue modificada meses después de su aprobación mediante un decreto-ley sin concurrir “razones de extraordinaria y urgente necesidad” y sin respetar la reserva de ley en materia tributaria ni la prohibición de regular por decreto ley derechos, deberes y libertades de los ciudadanos.
Sin embargo, la defensora del Pueblo, oída la opinión unánime de la Junta de Coordinación y Régimen Interior, no considera procedente llevar este asunto al Alto Tribunal. En todo caso, el tribunal de garantías sí resolverá al respecto ya que el PSOE presentó la pasada semana un recurso de inconstitucionalidad contra este decreto ley, informa Europa Press.
GESTIONES CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA
En su escrito, la Defensora del Pueblo alude que realizó “toda clase de gestiones” con el Ministerio de Justicia para mediar en este caso al ser consciente de los “problemas” que acarreaba la nueva ley a “muchos” ciudadanos y de la “necesidad de que fueran abordados con celeridad”. Esta mediación surtió efecto con el compromiso del Gobierno a acometer una “fuerte reducción de la cuantía” de las tasas y a suprimir algunas de ellas.
Tal es así, recuerda, que el decreto-ley redujo en un 80 por ciento las tasas variables, aumentó el número de beneficiarios de Justicia Gratuita y disminuyó las expectativas de ingresos de la Hacienda Pública en “decenas de millones de euros”. “No sólo el 5% que se ha indicado por algunos medios, pues este pequeño porcentaje se refiere a previsiones de ingresos por tasas fijas, no a expectativas de ingresos por tasas variables, que son el grueso de la reforma”, matiza.
Subraya que el Real Decreto-Ley es “el fruto de la mediación de la Defensora del Pueblo, que quiso una reducción de las tasas judiciales que fuese ‘rápida'”. “Era patente la extraordinaria y urgente necesidad de aliviar las cargas tributarias de los ciudadanos”, alega.
El hecho de que el Ministerio no haya acogido la totalidad de las recomendaciones que le efectuó la Defensora del Pueblo pero sí “lo sustancial”, no puede ser, dice, un argumento para que esta institución mantenga abierta “indefinidamente” esta “controversia”.
Por último, se reafirma en que este organismo obtuvo “resultados concretos e inmediatos” al servicio de los ciudadanos con la aprobación de la reforma legislativa, que fue la vía de actuación “más eficaz” para el servicio público.