31 enero 2019
La Junta Electoral ordena inscribir en el censo de mayo a las personas con discapacidad que estaban privadas de su derecho de sufragio
La Junta Electoral Central (JEC) ha dado instrucciones a la Oficina del Censo Electoral para que, con vistas a las elecciones de mayo y las próximas, se incorpore en el censo a todas aquellas personas con discapacidad que hubieran sido excluidas como consecuencia de un resolución judicial de privación de derecho a sufragio activo. Según el Comité de Representación de Personas con Discapacidad (CERMI), la medida afectaría a unas 100.000 personas.
Esta instrucción, recogida por Europa Press, se adopta en cumplimiento de la última reforma de Ley Orgánica del Régimen Electoral Generales (LOREG), aprobada a finales del año pasado por el Parlamento, para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad.
Esta norma, que entró en vigor el 7 de diciembre de 2018, eliminó las dos causas de incapacidad civil para el ejercicio del derecho a voto que recogía la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Los dos puntos eliminados del texto se referían a “los declarados incapaces en virtud de sentencia judicial firme” y a los “internados en un hospital psiquiátrico”.
REFORMA IMPULSADA POR CERMI
Con esta reforma, impulsada en su día por el CERMI, no son los jueces y tribunales los responsables de pronunciarse al respecto de este procedimiento.
El nuevo redactado determina que “toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera”.
La resolución de la JEC, en respuesta a una consulta de la Oficina del Censo Electoral, se ha aprobado justo cuando está a punto de cerrarse el censo electoral para los comicios municipales, autonómicos y europeos de mayo, los primeros con la nueva normativa.