17 junio 2021
La Justicia Gratuita en el mundo
EL TURNO QUE CAMBIA LA HISTORIA
El sistema de Justicia Gratuita español es un ejemplo para el mundo, tal y como quedó demostrado con la alta nota que la Comisión Europea de la Eficiencia de la Justicia (CEPEJ) del Consejo de Europa le puso en su estudio “European judicial systems CEPEJ Evaluation Report 2020 Evaluation cycle” a finales del año pasado.
Este prestigio y eficiencia de la Justicia Gratuita Española fue lo que llevó a la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo (AECID) a escoger al Consejo General de la Abogacía Española y a su Fundación para desarrollar un proyecto en Jordania para fortalecer su sistema de asistencia jurídica gratuita del país.
Y es que el alcance de la asistencia jurídica gratuita es muy diferente en unos países y otros. Todos los Estados miembros de la UE tienen regímenes de asistencia jurídica gratuita en materia civil y penal. Este derecho está reconocido tanto en el Convenio Europeo de Derechos Humanos del Consejo de Europa (CEDH) como en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Además, para facilitar el acceso a la asistencia jurídica gratuita en materia civil y mercantil, se adoptó la Directiva sobre asistencia jurídica gratuita en los litigios transfronterizos.
No obstante, los distintos regímenes nacionales de asistencia jurídica gratuita tienen diferencias de planteamiento, organización y gestión. En algunos países el objetivo general es garantizar la disponibilidad general de los servicios jurídicos y el acceso a la justicia, mientras que en otros la asistencia jurídica gratuita sólo se reconoce a los más pobres o colectivos más vulnerables. En cuanto a la concesión, en algunos casos corresponde aprobarla a diferentes tribunales (como en Francia, Alemania o Suecia) o a los Colegios de Abogados (como Bélgica o Italia). También son desiguales el tipo de cobertura de los gastos –totales o parciales-, las jurisdicciones que abarca o la posibilidad de elegir un abogado –en algunos países es obligatorio que los abogados presten asistencia jurídica gratuita si se les solicita- o que se les asigne uno concreto por las autoridades competentes.
Más información: https://e-justice.europa.eu/content_legal_aid-37129-es.do
Latinoamérica: Defensorías Públicas para el acceso a la Justicia
En Latinoamérica, la asistencia jurídica gratuita se presta a través de las Defensorías Públicas, que se organizan a través de los poderes judiciales de cada país (en Costa Rica, Ecuador, Honduras, Panamá, Paraguay, México y Venezuela); vinculadas al ministerio de Justicia (Bolivia y Perú) o como una institución autónoma, aunque incardinada en la administración pública (Argentina, Colombia, Guatemala, Brasil, Chile, El Salvador o República Dominicana). En Cuba, la defensa de oficio sí se ofrece a través de abogados pertenecientes a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos.
Todos los países de América Latina incluyen la asistencia en casos penales en la prestación de servicios de las Defensorías Públicas, y muchos de ellos han extendido esta cobertura a otras ramas como civil, familia, laboral, agraria, infancia, vivienda o causas indígenas.
En cuanto a los beneficiarios, en algunos países sólo se concede a los que demuestren insuficiencia económica para afrontar el pago de un abogado; en otros, a aquellos a los que no se les haya asignado uno en el tiempo establecido por la ley, independientemente de que tengan medios suficientes. También existen casos, como el de Chile, en el que todos los adolescentes están exentos de pago.
El Consejo General de la Abogacía y su Fundación contribuyen con el programa Eurosocial desde hace una década para asesorar en el desarrollo y fortalecimiento de estas Defensorías y, en general, para mejorar el acceso a la Justicia y la protección jurídica de diferentes colectivos vulnerables.
Más información: https://www.abogacia.es/conocenos/fundacion/areas-trabajo/cooperacion-internacional-al-desarrollo/01-eurosocial-ii/
El Pro Bono en el mundo anglosajón
La asistencia letrada es un derecho garantizado por la Constitución de EE.UU para los delitos que conllevan una acusación federal. Posteriormente, el Supremo ha ido ampliando este derecho también para todos los procesos penales, por delitos graves o cometidos por menores, que suponen pena de prisión.
Los abogados designados de oficio por el tribunal se llaman defensores públicos, y representan a clientes que no tienen medios para pagar un abogado privado y podrían entrar en la cárcel. Estos abogados eligen voluntariamente carreras en el servicio público, a través de asociaciones que se dedican a defender a personas con menos recursos.
El gasto de la asistencia jurídica gratuita es sufragado por cada Estado, o por cada condado o ciudad. También hay un sistema mixto en el que se utiliza dinero de las multas y otras tasas para sufragar este gasto.
Y también funciona la asistencia gratuita que prestan los grandes despachos a través del Pro Bono, como responsabilidad social corporativa. Para escoger un caso que se pueda beneficiar del Pro Bono, los despachos consultan con ONGs que conocen de primera mano los casos. Una vez aceptado, se valora la disponibilidad de los abogados que se harán cargo y el tiempo del que dispondrán. Según cifras de algunos despachos, muchos casos oscilan entre los 100.000 y los 500.000 dólares.
También en los grandes despachos de Reino Unido existe un sistema similar al Pro Bono estadounidense.
Además hay una asistencia jurídica gratuita –‘legal aid’– destinada a las personas con rentas bajas y modestas, y puede concederse en su totalidad o bien con una contribución económica del beneficiario. La autoridad responsable de la asistencia jurídica gratuita en Inglaterra y Gales es el Ministro de Justicia, a través de la Agencia de Asistencia Jurídica Gratuita (Legal Aid Agency).
Esta Agencia administra la asistencia jurídica gratuita en los asuntos civiles y penales y una red de organizaciones contratadas prestan servicios jurídicos en materia civil. Además de la asistencia presencial, existe un servicio telefónico gratuito, confidencial e independiente.
Aunque todos los demandados o procesados pueden beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita, según sus recursos económicos se les puede exigir que contribuyan a las costas del proceso. Si finalmente son absueltos se les reembolsará su contribución más los intereses devengados.