09 diciembre 2013

La Oficina de Intermediación Hipotecaria consigue que la AP de Jaén confirme la nulidad de las cláusulas suelo

  • El trabajo de los letrados consigue que un Auto de la Audiencia Provincial de Jaén declare nulas las cláusulas de un contrato bancario

La Oficina de Intermediación Hipotecaria del Colegio de Abogados de Jaén y la Diputación Provincial de Jaén ha conseguido que la Justicia declare nulas varias cláusulas de un contrato bancario. Este éxito es fruto de varios meses de intenso trabajo por parte de los letrados de esta Oficina y ha evitado que una familia se quede en la calle, incluso cuanto el banco ya se había adjudicado la vivienda mediante subasta.

Este asunto llegó a la Oficina Provincial de Intermediación Hipotecaria cuando la vivienda habitual ya se la había adjudicado la entidad bancaria BBK Cajasur como consecuencia del impago de dos cuotas semestrales de una póliza de crédito mercantil concedida por importe de 9.000 euros. El banco inició el proceso para reclamar esta deuda y llegó el momento en el que el procedimiento judicial se encontraba pendiente de llevar a cabo la diligencia de posesión. Tras haberse fijado el día para efectuar el lanzamiento, es decir, el desahucio de la vivienda, la entidad bancaria solicitó la suspensión del mismo.

Como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 1/2013, la letrada Francisca Rodriguez Bustos, Coordinadora de la Oficina Provincial de Intermediación Hipotecaria y encargada de la defensa en este procedimiento judicial, interpuso incidente extraordinario de oposición por existencia de cláusulas abusivas, que fue resuelto de forma favorable por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Jaén, que declaró la nulidad de la denominada cláusula suelo, de la cláusula que fijaba un interés de demora del 23%; de la cláusula de vencimiento anticipada, y la de cargo o compensación por reclamación de posiciones deudoras.

Tras esta decisión judicial, tanto la entidad bancaria como la letrada Francisca Rodríguez Bustos, interpusieron recurso ante la Audiencia Provincial de Jaén.  La Audiencia, en un auto con fecha 28 de noviembre de 2013, ha confirmado la sentencia de primera instancia y mantiene la nulidad de las cláusulas suelo, de demora y de cargo por reclamación de posiciones deudoras. En base a esta declaración de nulidad, la entidad bancaria deberá presentar nueva liquidación acomodada a tales declaraciones de nulidad en el plazo de 10 días, y el Juzgado de Primera instancia requerirá a los deudores para el pago que resulte tras la nueva liquidación. Si abonan dicha cantidad, se dejará sin efecto tanto la subasta como la adjudicación de la vivienda habitual a favor de la entidad bancaria.

Con este pronunciamiento, si los deudores pagan la nueva cantidad que se liquide podrán recuperar su vivienda habitual que la entidad bancaria ya se había adjudicado en subasta. Sin duda, este Auto supone un logro importante gracias al trabajo desarrollado por la Oficina Provincial de  Intermediación Hipotecaria de la Diputación de Jaén y el Colegio de Abogados de Jaén

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