15 febrero 2024

La ONU pide a España que proteja a un niño de 14 años abandonado en la calle hace 4 días

El Comité de los Derechos del Niño de la ONU ha solicitado de manera urgente al Estado Español que con el fin de prevenir un daño irreparable, adopte medidas provisionales trasladando a un niño de 14 años abandonado en la calle a a un centro de protección de menores.

El niño, A.A, nacido en Gambia, tiene actualmente 14 años y llegó a España sin protección familiar. Su llegada fue a Las Palmas de Gran Canaria en Agosto de 2023, siendo posteriormente trasladado por las autoridades a la isla de Tenerife y, después, sucesivamente, a la provincia de Granada y a Barcelona, hasta que desde allí le pagaron un billete a Madrid y se quedó en la calle en octubre de 2023. En todos estos lugares fue tratado como adulto pese a que portaba una fotografía de su pasaporte y de su acta de nacimiento.

Durante varios meses pasó por distintas entidades donde sólo se permite la pernocta, teniendo que pasar el día deambulando a la intemperie, comiendo en comedores sociales con horarios restringidos y largas colas, dificultades de acceso a formaciones, etc. Hasta que una entidad derivó su caso a la ONG Fundación Raíces, como entidad especializada en infancia migrante sin protección familiar, ante su evidente aspecto de menor de edad y en situación de desamparo.

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(Foto de ARCHIVO)
27/9/2018

A.A había solicitado su pasaporte en Gambia, antes de migrar, pero su expedición se demoró hasta que ya se encontraba en España. Así, a finales de 2023 recibió su pasaporte original y ese mismo día, acompañado por una letrada de Fundación Raíces, fue a la Embajada de Gambia en España, al objeto de que examinaran el citado pasaporte original, sobre el que la Embajada certificó que “A.A, nació el 09 de Diciembre de 2009 en Fajikunda, Gambia” y “que el pasaporte es válido y auténtico”.

Inmediatamente después, desde Fundación Raíces se dio aviso a agentes de la Policía Nacional para que el menor fuese puesto a disposición de los Servicios de Protección a la Infancia de la Comunidad de Madrid y esa misma noche A.A ingresó en un centro de protección de menores de la ciudad. Durante su estancia A.A no ha sido escolarizado en ningún momento, a pesar de que, por su edad (menos de 16 años) tiene derecho a la educación pública, obligatoria y gratuita.

El mismo día de ingreso en el centro de menores, Fundación Raíces envió comunicación a la Comunidad de Madrid y a la Fiscalía informando del ingreso del niño en el Sistema de Protección de menores y de su designación a las letradas de la fundación, manifestando que no era procedente realizar un proceso de determinación de edad por encontrarse el menor documentado con pasaporte original. Sin embargo, a las pocas semanas, desde la Fiscalía se citó al menor a una comparecencia (sin comunicárselo a la letrada, que, por suerte, fue conocedora de la cita y pudo presentarse in extremis a la misma), en la que el Fiscal propuso al menor someterse a pruebas médicas de determinación de su edad, advirtiéndole de que su negativa a someterse a las mismas podría ser interpretado como un indicio revelador de su mayoría de edad, pese a constar el original del Pasaporte de A.A y el original del certificado de la Embajada ratificando la validez del documento y la identidad y edad de A.A.

Ante el derecho ejercido por el menor de no someterse a las pruebas por estar documentado, el Fiscal solicitó un informe pericial a policía sobre la autenticidad del pasaporte de A.A, cuyo resultado concluyó que no existen signos de falsedad en el mismo, a pesar de lo cual el Fiscal dictó Decreto de Mayoría de edad por albergar dudas de la fiabilidad de los datos consignados en el pasaporte por las autoridades gambianas. En consecuencia, la Entidad Pública de Protección de Menores de la Comunidad de Madrid ha dictado resolución de cese de protección y, ante la falta de plazas de pernocta para personas adultas Sin Hogar, el menor ha sido expulsado a la calle este pasado lunes 12 de febrero.

A.A., representado por Fundación Raíces, solicitó el pasado 2 de febrero a los Juzgados de Primera Instancia de Madrid la adopción de medidas cautelares de protección urgente y, ante la falta de respuesta, el día 8 de febrero solicitó a la ONU su intervención, ante la inminente situación de abandono en la calle en la que se iba a quedar, al haber sido decretado mayor de edad por la Fiscalía de Menores de Madrid.

El día 14 de febrero, estando ya el menor en situación de desamparo al haber sido expulsado del centro de protección, el Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas ha acordado las medidas cautelares solicitadas y con el fin de prevenir daño irreparable al niño, ha solicitado al Estado parte que adopte medidas provisionales para transferir al autor a un centro de protección de menores mientras el caso se encuentre pendiente de examen ante el Comité.

Tras recibir esta comunicación, Fundación Raíces ha dado traslado urgente de la misma a la Fiscalía de Protección de Menores de Madrid, a la Comisión de Protección a la Infancia de la Comunidad de Madrid, al Juzgado de Primera Instancia de Madrid y a la Comisión Interministerial de Coordinación en Materia de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, a fin de que, cada una de ellas bajo el ámbito de su competencia, adopte las medidas oportunas para otorgar la debida protección provisional al niño en tanto se tramitan los distintos procedimientos iniciados. A fecha de cierre de esta Nota de Prensa aún no se ha recibido contestación alguna.

El Comité, con la adopción de la medida solicitada por el niño, le recuerda a España que los Estados parte tienen la obligación internacional de respetar las medidas provisionales que solicite Naciones Unidas, que previenen la producción de un daño irreparable.

Aunque la adopción de estas medidas provisionales no suponen que el Comité prejuzgue el fondo de la cuestión en este caso concreto, Fundación Raíces recuerda que Naciones Unidas ya ha dictado 14 Dictámenes a favor de 14 menores de edad, en los que el Comité de Derechos del Niño considera que el procedimiento de determinación de la edad en España no cuenta con las garantías necesarias para proteger los derechos de los niños y niñas reconocidos en la Convención y en los que declara que España ha violado numerosos artículos al no tomar como cuestión primordial el interés superior del niño durante el procedimiento, ante la falta de consideración de los documentos de identidad oficiales y originales del niño emitidos por un país soberano, al someterlos a pruebas médicas estando documentados o al declararlos mayores de edad tan sólo por su negativa de someterse a pruebas radiológicas y no habiendo sido asistidos por ningún tutor ni representante, tal y como el niño había designado para defender sus intereses.

Así mismo, el Comité ha declarado en esos casos anteriores que se ha violado el derecho de los niños y niñas a preservar su identidad al atribuirles una fecha de nacimiento distinta de la suya propia, a pesar de que disponían de pasaporte original, de Certificado de Inscripción Consular, de Certificado de Autenticidad y/o de su Carta Nacional de identidad y que también se ha incumplido la obligación del Estado de proteger y asistir a estos niños y niñas.

Por otra parte, Fundación Raíces recuerda que el Estado Español ya ha sido condenado también por el Comité por haber infringido el art.6 del Protocolo Facultativo, al incumplir las medidas provisionales que Naciones Unidas solicitó a España.

Por último, Fundación Raíces recuerda que hace más de 2 años, el Comité instó a España a proporcionar a los niños una reparación efectiva por las violaciones sufridas y a evitar que se cometieran violaciones similares en el futuro. Pero la actuación de la Fiscalía continúa siendo prácticamente la misma a pesar de que los niños extranjeros no acompañados acrediten que son menores de edad con sus documentos oficiales, cartas de identidad, partidas de nacimiento, pasaportes, certificados de autenticidad de sus Consulados, e incluso, como en este caso, con Informe de Policía que indica que no hay indicios de falsedad en el pasaporte.

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