19 abril 2017
La presunción de inocencia y los juicios paralelos a debate en el Colegio de Abogados de Valencia
- Se abordaron la perspectiva jurídica y periodística
El salón de actos del Colegio de Abogados de Valencia acogió, en la tarde del 18 de abril, a numerosos asistentes a la cuarta sesión del ciclo de conferencias de la Real Academia Valenciana de la Jurisprudencia y la Legislación. El tema tratado fue “Presunción de inocencia y juicios paralelos: perspectivas jurídica y periodística”, abordado por tres ponentes expertos en el asunto: Jaime Vegas, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Rey Juan Carlos; Manuel Marlasca, periodista y actualmente jefe de investigación de La Sexta; Ángela Coquillat, abogada especialista en Derecho Penal y diputada quinta de la Junta de gobierno del Colegio de Abogados de Valencia. Los ponentes fueron moderados por la miembro de la Real Academia Valenciana de la Jurisprudencia y la Legislación, Mª José Santa Cruz.
El catedrático de Derecho Procesal, Jaime Vegas, abordó la perspectiva jurídica de la presunción de inocencia y los juicios paralelos, y afirmó que “se trata de una situación complicada, en que los medios de comunicación difunden la condición de los imputados y que para mi no tiene solución pero sí creo que se podría mejorar. El problema es que la sociedad considera ya delincuente a cualquiera simplemente por ser llamado por el juez de instrucción o por ser investigado”. Además, aseguró Vegas, “los medios de comunicación amplifican el problema, aunque no son la causa”. Finalizó su intervención advirtiendo a los compañeros abogados, “es muy importante que no perdamos el norte, porque la presunción de inocencia hay que tomarla en serio aunque a veces la presión social sea muy fuerte.”
El siguiente ponente en intervenir fue el periodista, Manuel Marlasca para, obviamente, ofrecer la perspectiva periodística sobre la presunción de inocencia. Marlasca empezó su exposición hablando de la ley del jurado: “yo no sé si es buena o no pero sí tengo claro que hay que cuidarla. En mi sector debemos entonar el mea culpa porque hay una gran falta de formación al respecto”, aseguró el periodista. Marlasca también se refirió al “grave problema que surge cuando los foros en los que se acaban creando los juicios paralelos, – en gran parte en la televisión -, están llenos de gente indocumentada, incapaz de ofrecer una opinión fundamentada y basada en el conocimiento”. Respecto de la responsabilidad de los periodistas en el tema central tratado en la conferencia, Marlasca aseguró: “cuando la información trasciende a los periodistas, entra en juego la profesionalidad del periodista que debe saber contener la información de que dispone hasta que el momento sea el adecuado”. Y acabó añadiendo como origen del problema en el ámbito periodístico: la mala formación, falta de rigor, independencia y paciencia y, además, no disponer de unas fuentes fiables.
La última ponencia estuvo a cargo de la abogada especialista en Derecho Penal, Ángela Coquillat, quien empezó afirmando que “la presunción de inocencia es el pilar básico del sistema penal en un Estado de Derecho. La regla de tratamiento supone que el acusado debe ser tratado por la sociedad como si fuera inocente hasta que una sentencia firme lo declare culpable. Ni siquiera el auto de procesamiento debe ponerlo en entredicho”. Para Coquillat, el problema está en que esto no se cumple “y aparecen continuamente informaciones sesgadas y parciales que producen un ataque constante y muchas veces dilatado en el tiempo”.
A continuación, expuso los medios para resarcir del ataque a la presunción de inocencia, integrante del derecho al honor. Así hizo referencia, entre otros, a la L.O del Derecho a la rectificación, a la L.O sobre protección civil del derecho al honor y a la responsabilidad patrimonial del Estado. También se remitió al Código Deontológico del periodista en el que se expone que las informaciones deben respetar siempre la presunción de inocencia.
Coquillat finalizó su intervención afirmando que “yo sí creo que hay soluciones, en esto sí soy positiva. Por eso he hecho referencia al art. 3 de la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2016/343 por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia, y que afirma: ‘Los estados miembros deben presumir la presunción de inocencia de los sospechosos hasta que se pruebe la culpabilidad con arreglo a la ley”. La abogada acabó asegurando que “si respetamos esta directiva, seguro que el daño que sufre el ciudadano en su derecho a la presunción de inocencia, se irá aminorando”.