22 mayo 2014
La sede de la Abogacía acoge la presentación del libro ‘Seguridad del Estado y privacidad’, de Ofelia Tejerina
Durante la presentación del libro ‘Seguridad del Estado y Privacidad’, escrito por la abogada y doctora en Derecho Constitucional Ofelia Tejerina, el vicepresidente del Consejo General de la Abogacía Española, Pere Lluis Huguet, ha destacado que la Abogacía institucional apuesta porque “los derechos fundamentales se defiendan también en el ámbito de las nuevas tecnología”.
El debate seguridad del Estado versus uso de las nuevas tecnologías, o lo que es lo mismo el equilibrio entre libertad y seguridad, es una constante desde los atentados del 11 S en Nueva York, el 11 M en España o el 7 J en Londres, y más tarde el caso Snowden. El permanente progreso tecnológico de la sociedad ha supuesto un replanteamiento del sistema de derechos fundamentales en los países desarrollados, y su protección ha llevado a buscar diferentes mecanismos de amparo en función de potenciales amenazas que van surgiendo.
En materia de seguridad del Estado el derecho a la protección de datos personales es un ejemplo especialmente paradigmático, por tratarse del derecho de cada individuo a decidir sobre cómo se podrá utilizar su información personal, porque cualquier menoscabo que se produzca en su esencia afectara directamente a su libertad. La tutela efectiva de la privacidad es imprescindible para que la sociedad pueda seguir llamándose democrática.
Todos estos aspectos se abordan en el libro Seguridad del Estado y privacidad, escrito por la abogada y doctora en Derecho Constitucional Ofelia Tejerina, que el jueves, 22 de mayo se presentó en la sede del Consejo General de la Abogacía, en colaboración con la Asociación Nacional de Abogados Expertos en Tecnologías (ENATIC).
Huguet destacó que tras el 11-S “hay que construir un equilibrio entre seguridad y libertad; hay que establecer los límites de la seguridad de los Estados”. Al mismo tiempo destacó de la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre el derecho al olvido, que el Derecho Europeo -en contraposición con el anglosajón- se debe aplicar en este asunto.
El derecho a la protección de datos de carácter personal, el control estatal del ciudadano, las tecnologías de control estatal: control de las comunicaciones electrónicas, videovigilancia, bases de datos genéticas, el PNR, los escáneres de protección en aeropuertos y el código “SWIFT”, son algunos de los interesantes temas que se tratan en profundidad y con gran rigor jurídico en la obra de Tejerina.
Por su parte, Elvira Tejeda de la Fuente, fiscal de sala de la Fiscalía de Criminalidad Informática, destacó que los cambios tecnológicos están cambiando la sociedad “entre ellos, el hacer efectivos los derechos humanos”. Pero también hay contiene un factor de riesgo para la seguridad de los ciudadanos, del Estado y de la libertad y derechos de las personas, por ser “una herramienta más invasiva”. Su regulación es muy complicada, máxime cuando es un fenómeno que no conoce fronteras y, por ello, existe una dificultad para coordinarse entre los Estados.
José Luis Piñar, vicerrector de Relaciones Internacionales de la Universidad San Pablo CEU, apostó por abordar el problema desde los principios generales del derecho, por lo que “hay que ser sensatos (en cuanto a la regulación y su aplicación) y dejarse llevar por el sentido común”. Respecto a la sentencia del TEDH se convierte a Google en responsable de la información y en árbitro de lo que se puede o no publicar. De parecida opinión es Víctor Domingo Prieto, presidente de la Asociación de Internautas, quien consideró que a Google se le han dado más poder y más responsabilidad para decidir lo que se puede publicar en la Red.