01 marzo 2016
Las asociaciones reclaman la elección directa de los doce vocales del CGPJ pertenecientes a la carrera judicial
Las cuatro asociaciones de jueces han reclamado el martes 01 de marzo en un comunicado conjunto que se reforme la Ley Orgánica del Poder Judicial para que puedan elegir directamente los doce miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) pertenecientes a la carrera judicial. Dentro de sus medidas para “regenerar la justicia”, también han pedido mayor “autonomía presupuestaria” para este órgano.
“Desde las distintas sensibilidades”, la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia (JpD) y Foro Independiente Judicial reclaman reformas que respeten la “adecuada separación de poderes” en una reivindicación que hacen pública coincidiendo con la primera sesión plenaria de investidura del próximo Presidente del Gobierno.
“La ciudadanía, y con ella la carrera judicial, está expectante ante la tan anunciada regeneración democrática que desde la pasada campaña electoral han venido defendiendo los distintos partidos políticos”, sostienen en su escrito. No obstante, califican de “decepcionante” que las diferentes fuerzas políticas, “una vez más”, no asuman de forma explícita la reforma del sistema de designación de los vocales del CGPJ, “devolviendo” a este colectivo la elección directa de los miembros de origen judicial “que prevé la Carta Magna”.
“Tal reforma se hace indispensable para trasladar a la ciudadanía la superación de una indeseable etapa en la que, la elección de los integrantes del CGPJ por parte del Poder Legislativo, ha generado la imagen de una justicia politizada”, explican. En este sentido, recuerdan que la Constitución establece que sólo ocho de los veinte miembros del Poder Judicial sean elegidos por las Cortes y que, lo contrario, implica una “injustificada merma” a la independencia y a la separación de poderes.
Las cuatro asociaciones de jueces consideran que el poder judicial tiene entre sus funciones la de garantizar el control de las “eventuales desviaciones” de poder que puedan darse por parte del ejecutivo, “e incluso someter a consideración determinadas leyes y actuaciones del legislativo ante Tribunal Constitucional”. “Por ello”, concluyen, “se hace imprescindible dotar al Poder Judicial de la máxima independencia en el ejercicio de su función”.