07 septiembre 2021
Las medidas de defensa de la UE frente a prácticas comerciales desleales siguieron siendo eficaces en 2020
El sistema para proteger las empresas de la UE de las importaciones a precios de dumping o subvencionadas continuó funcionando bien en 2020 gracias a que, a pesar de los desafíos prácticos derivados de la pandemia de COVID-19, la Unión utilizó los instrumentos de defensa comercial (IDC) con unos formatos sólidos e innovadores, que forman parte de la nueva estrategia Comercial de la Comisión Europea, por la cual la UE adopta una postura más enérgica a la hora de defender sus intereses frente a las prácticas comerciales desleales.
A finales de 2020, la UE disponía de 150 medidas de defensa comercial en vigor, en consonancia con los niveles de actividad de los años precedentes, con un aumento del número de casos registrados hacia finales de 2020. Además, por primera vez, la Comisión hizo frente a un nuevo tipo de subvención concedida por los terceros países en forma de ayuda financiera transfronteriza, que suponía un grave desafío para las empresas de la UE.
Debido a la pandemia de COVID-19, la Comisión tuvo que introducir rápidamente cambios temporales en sus prácticas de trabajo, especialmente en lo que se refiere a las visitas de verificación in situ. Esto permitió a la Comisión seguir aplicando los instrumentos conforme a las normas más estrictas sin que disminuyeran los niveles de actividad. A finales de 2020, la UE disponía de 150 medidas de defensa comercial (10 más que a finales de 2019): 128 medidas antidumping, 19 medidas antisubvenciones y 3 medidas de salvaguardia.
En 2020, la Comisión:
- inició 15 investigaciones, frente a las 16 de 2019, e impuso 17 medidas provisionales y definitivas, frente a las 15 de 2019;
- llevó a cabo 28 reconsideraciones, frente a las 23 realizadas el año anterior.
El mayor número de medidas de defensa comercial de la UE afectan a las importaciones procedentes de:
- China (99 medidas);
- Rusia (9 medidas);
- India (7 medidas);
- Estados Unidos (6 medidas).
En 2020, la Comisión reforzó sus medidas contra las subvenciones garantizadas por terceros países. En particular, la Comisión impuso derechos compensatorios a la ayuda financiera transfronteriza concedida por China a empresas de propiedad china que fabricaban tejidos de fibra de vidrio y productos de fibra de vidrio de filamento continuo con sede en Egipto para la exportación de dichos productos a la UE.
Esto significa que, por primera vez, la Comisión abordó las subvenciones transfronterizas que un país concedía a empresas situadas en otro país con vistas a las exportaciones a la UE.
La importancia del seguimiento de las medidas de defensa comercial adoptadas por terceros países volvió a ser evidente en 2020. La cantidad de medidas de defensa comercial vigentes en terceros países que afectaban a los exportadores de la UE alcanzó su nivel más alto, con 178 medidas en vigor, desde que la Comisión había empezado a hacer un seguimiento de esta actividad. Además, el número de casos iniciados también aumentó en 2020, con 43 frente a los 37 del año anterior.
El informe subraya las actividades de la Comisión para garantizar que se aplican correctamente las normas de la OMC y se abordan los errores de procedimiento y las incoherencias jurídicas con objeto de evitar cualquier uso indebido de los instrumentos de defensa comercial por parte de terceros países. Las intervenciones de la Comisión dieron buenos resultados en algunos casos, en los que finalmente no se impusieron medidas que afectaran a importantes productos de exportación de la UE, como las baldosas de cerámica y los fertilizantes.
En 2020 se prestó una atención renovada a las medidas de seguimiento en vigor, incluidos los cambios en las prácticas de vigilancia para garantizar la eficacia permanente de los instrumentos de defensa comercial, en la que también participaron las autoridades aduaneras, la industria de la UE y, en determinados casos, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF). La Comisión, que continuó con sus esfuerzos para abordar los casos en que los exportadores intentaron evitar las medidas, inició tres investigaciones antielusión en 2020 y completó cinco investigaciones de este tipo durante el año, en las que las medidas se ampliaron en cuatro casos para abordar asimismo las importaciones procedentes de los terceros países en los que se constató que había tenido lugar el transbordo.
El informe también recuerda las conclusiones del Tribunal de Cuentas Europeo de julio de 2020, que confirmaban el éxito de la ejecución, por parte de la Comisión, de los instrumentos de defensa comercial de la UE. Dicho documento incluye una serie de recomendaciones para reforzar más la respuesta de la Comisión a los retos planteados por las importaciones realizadas en condiciones comerciales desleales que la Comisión comenzó a aplicar en 2020, como mejorar el seguimiento para garantizar la eficacia de las medidas.
Fuente: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_21_4481