09 junio 2020

‘Conferencias online Covid’: “Es de suma importancia justificar la razón objetiva que nos lleva a plantear el ERTE”

  • “La alerta sanitaria nos ha traído especialidades en la regulación de los ERTES, pero los abogados solo podemos hacer interpretaciones, ya que no aparece en ninguna norma jurídica definida”.
  • “Es de suma importancia justificar la razón objetiva que nos lleva a plantear el ERTE y es fundamental que la empresa mantenga el compromiso de salvaguardar el empleo”.
Marcos Vázquez Guzmán

La conferencia online Especial Covid expuso “Las medidas laborales adoptadas para paliar los efectos del COVID-19” y fue impartida por el abogado y asesor jurídico de Las Palmas, Marcos Vázquez Guzmán, el pasado 8 de junio.

El ponente centró la mayor parte de su ponencia en los ERTES por fuerza mayor y por causas objetivas derivados de la crisis sanitaria del COVID-19 y expuso sus principales diferencias.”Los ERTES no han venido con el Covid, ya existían, aunque eran muy poco utilizados por el común de los abogados. La alerta sanitaria nos ha traído especialidades en su regulación, pero los abogados solo podemos hacer interpretaciones, ya que no aparece en ninguna norma jurídica definida”, apuntó. Explicó que en los ERTES por fuerza mayor es la autoridad laboral competente la que los ejecuta,  presentando un informe relativo a la pérdida de la actividad y están limitados en el tiempo, hasta que dure el estado de alarma. Además, a su parecer, “una de sus controversias es que incluye una serie de variables, el concepto de fuerza mayor total frente a parcial en situaciones no muy bien definidas y posee además un silencio administrativo. Pasados cinco días de presentar la solicitud de este ERTE, se admitiría sin obligación de dictar resolución expresa”, señaló.

Marcos Vázquez insistió en la rapidez de procedimiento y falta de claridad en la regulación de los ERTES. “Es de suma importancia justificar la razón objetiva que nos lleva a plantear el ERTE y es fundamental que la empresa mantenga el compromiso de salvaguardar el empleo”, afirmó.

En cuanto a los ERTES por causas objetivas, el procedimiento es diferente. Basta con presentar a los representantes de los trabajadores  o sindicatos una memoria explicando la causa específica. “En este procedimiento de negociación se pueden acortar plazos, de 7 a 15 días y llegar a un acuerdo en la primera reunión. La causa productiva es la que más se ha utilizado estos meses por las empresas para aplicar este tipo de ERTES, ya que no tiene limitación temporal alguna, a diferencia de los de fuerza mayor”, señaló.

La modificación del régimen de prestaciones por desempleo o las medidas del régimen de cotización a la Seguridad Social, las  laborales derivadas de la crisis sanitaria dependiendo de los tipos de trabajo y de gratificación en situaciones de aislamiento o en los periodos vacacionales fueron otros temas abordados. “Si no tomamos medidas inmediatas y significativas para mejorar la situación de abogados y clientes, el legado del virus podría acompañarnos durante décadas”, afirmó el abogado.

Esta sesión fue seguida en Teams por alrededor de 1.000 abogados que también realizaron una veintena de preguntas al ponente sobre casos prácticos y situaciones concretas.

Las “Conferencias especial covid-19” tratarán en las siguientes sesiones temas como La crisis económica derivada del covid-19 y la regulación de la cláusula rebus sic stantibus, La Ley Concursal, las Novedades legales y problemática práctica en arrendamientos de vivienda, el Concurso de Persona física o Los consumidores, antes y después del Estado de Alarma covid-19.

Dentro del Plan Formativo del Consejo General de la Abogacía Española para los Colegios y sus colegiados en este Estado de Alarma, se ha puesto en marcha estas Conferencias, desde el 25 de mayo y hasta finales de junio, en la que se aportarán herramientas formativas de máxima calidad que facilitarán el reciclaje permanente que el ejercicio de la abogacía requiere, en estos momentos en que las circunstancias derivan hacia nuevas normativas, a tener en cuenta en el ejercicio profesional.

Las Jornadas formativas, a las que se podrá acceder de forma gratuita, se desarrollarán en la modalidad on-line a través de eventos directos de TEAMS, de 16:30 a 18:00 horas, y a través de la plataforma de formación www.formacionabogacia.es. En este mismo enlace estará disponible la jornada en los próximos días.

 

 

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