23 mayo 2013

Las XXXII Jornadas de Escuelas de Práctica Jurídica analizan los másteres de la Abogacía con las Universidades

JORNADAS DE ESCUELSD JURIDÍCAS-(92)La XXXII edición de las Jornadas de Escuelas Práctica Jurídica de España, que se celebran en Valencia desde ayer y hasta el día 25 de mayo, comenzó con una mesa en la que se analizaron las `Relaciones con las universidades: distintas experiencias´. Esta sesión contó con las ponencias de Juan Antonio Berdejo, abogado y director de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Cantabria, y Cristóbal Ramo, abogado y vicedecano del Colegio de Abogados de Zaragoza. La moderadora, Consuelo Marimón, diputada 2ª del Colegio de Abogados de Valencia, insistió en que “las EPJs tenemos que tener los ojos abiertos a las nuevas demandas de formación de la sociedad”.

En primer lugar, Berdejo presentó los resultados de una encuesta realizada a las Escuelas de Práctica Jurídica homologadas por el Consejo General de la Abogacía de ámbito nacional para conocer  qué inconvenientes se han encontrado en la colaboración con las universidades o qué circunstancias han facilitado la suscripción de un acuerdo. “Nos une a todas las Escuelas el precio de la formación y la condición de los formadores- más del 25% de formadores no son abogados ni profesores universitarios-y nos separa la finalización del grado, el tipo de convenio y el número de alumnos”, aseguró Berdejo tal como se concluye de la encuesta. Apuntó también que “parten con ventaja las escuelas que ya venían colaborando con las Universidades en la realización de masteres antes de la regulación del acceso”. Por último, destacó el contacto más cercano que tienen las Escuelas con el alumno y que la Ley de Acceso y su Reglamento han diseñado los cursos de tal manera que estamos ante un Master para formar abogados, no para hacer doctores. “Solamente aquellas universidades que entiendan el carácter práctico del master y la preeminencia de abogados entre los docentes impartirán masteres de verdad de acceso a la profesión de abogado”, confirmó.

Por su parte, Ramo comenzó comentando que la primera colaboración del Colegio de Abogados de Zaragoza con las Universidades fue en 1999, cuando se elaboró un protocolo de actuaciones que permitía que los profesores doctores de la Universidad pasaran a colegiarse en el Colegio de Abogados de Zaragoza. Tras varios acuerdos para la implantación del master conjunto, “la Abogacía siempre ha exigido el compromiso a las Universidades de que los formadores fueran abogados o hubieran ejercido la abogacía”, declaró. Otros requisitos que han exigido desde la EPJ es que hubiera materias a nivel internacional y con un inglés jurídico, sin olvidar enfocar el temario a casos prácticos, remarcó. “Hay que avanzar más allá de la Universidad para meterse en el mundo de la Abogacía. Desde mayo de este año existe una Comisión de colegiación del master de colaboración con las Universidades para impartir un master de calidad. Por último, subrayó que “las EPJs no van a desaparecer porque impartan masteres, sino porque dan una formación continua y complementan al master en alguna formación inicial”.

En la segunda ponencia de la mañana titulada `Las prácticas externas del master de la abogacía Art. 27 del Reglamento de Homologación de las EPJ´ intervinieron Enrique García, diputado responsable de Formación del Colegio de Abogados de Barcelona; Maria Eugenia Parra, abogada y directora de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Badajoz, y José Manuel Díaz, abogado y director de la Escuela de Práctica Jurídica de Ciudad Real. La jornada estuvo moderada por Víctor Saval, diputado 3º del Colegio de Abogados de Valencia. Todos ellos hicieron un análisis del artículo 7 que regula  lo que debe conseguir el abogado a través de cursos de formación y prácticas externas. Así, Eugenia Parra comenzó indicando las mejoras que debería conseguir el artículo, ya que no concreta dónde se deben adquirir esas prácticas externas, planteando la pregunta de si los alumnos pueden elegir o no el lugar donde realizarlas. Otra crítica al artículo es que “olvida a una parte de los abogados, ya que sólo se refiere a los que vayan a actuar en sala”. Por último, concluye con la propuesta realizada a todos los asistentes de cómo regular en un futuro el sistema de movilidad para que los estudiantes de las EPJs reciban parte de su formación en universidades u otras instituciones.

Seguidamente, Díaz Mora apuntó unos pasos recomendados para adecuar los estatutos de Escuelas o Colegios al nuevo reglamento de homologación de EPJs. Así, explicó el régimen jurídico- laboral de las EPJ, cómo deben estar reguladas las tutorías para realizar las prácticas externas, la necesidad de especificar el contenido básico de las memorias explicativas que el alumno debe redactar de sus prácticas, los lugares de realización de las prácticas externas o la cobertura de responsabilidad con los alumnos. “Sería conveniente incluir mecanismos para analizar la información y desarrollo de la calidad de las prácticas, y diversificar los lugares de realización. Las prácticas no serán sanas si se realizan en un solo ámbito”, subrayó.

Por último, Enrique García, realizó un estudio de las prácticas externas del master de la Abogacía y analizó los parámetros básicos a desarrollar para realizar un programa de prácticas para alcanzar las competencias descritas en el RD 775/2011. Así, indicó dónde realizar las prácticas, los criterios objetivos y subjetivos para determinar las prácticas y concluyó con las ventajas y desventajas del proceso de selección y bolsa de trabajo: “Tenemos un peligro de discriminación si el alumno realiza las prácticas en grandes o pequeños despachos, siendo los primeros alumnos remunerados y los segundos no”.

Las dos ponencias de la mañana dieron lugar a un debate posterior con una amplia participación.

 

Comparte: