13 marzo 2020

Los abogados pueden aplazar el pago de impuestos para paliar el Covid19

  • Los abogados con ingresos inferiores a seis millones de euros podrán aplazar el pago de impuestos seis meses, los tres primeros sin intereses
  • Creación de una sala en los CETIs para aislar a posibles contagiados
  • Se limitan los accesos durante 14 días a prisiones y centros de inserción social situados en Madrid, Vitoria y Labastida
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, preside por videoconferencia la reunión interministerial para el seguimiento de medidas por el coronavirus

El BOE del viernes 13 de marzo recoge el Decreto Ley de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, el segundo que aprueba en pocos días el Gobierno para tomar medidas frente a la crisis sanitaria, que entró en vigor el mismo día, con su publicación. Sin embargo, algunas de las medidas aprobadas ya estaban en vigor como el aplazamiento de impuestos de forma telemática.

El texto incluye la mayoría de medidas anunciadas por Pedro Sánchez: créditos extraordinarios, préstamos al sector turístico, bonificaciones a ciertos tipos de contratos, posibilidad de fijar precios de medicamentos y productos sanitarios, adelanto de las entregas a cuenta a las comunidades autónomas, aplazamiento del pago de impuestos para autónomos y pymes afectados… todo por un importe de 18.225 millones dedicados a reforzar la sanidad y aplazar los pagos de las empresas. Pero los autónomos piden que se suspendan sus cotizaciones a la Seguridad Social en caso de cuarentena por el coronavirus.

Las tres organizaciones de autónomos han reclamado al Gobierno una prestación por cese de actividad y para quienes deban permanecer en sus domicilios para el cuidado de hijos y/o dependientes, se propone el reconocimiento y concesión automáticos de la prestación por cese de actividad entendiendo la epidemia como causa mayor. Para autónomos obligados a abandonar su actividad por cuidado de hijos o dependientes como consecuencia del cierre de los centros escolares y cuidado de dependientes, se propone la bonificación del 100% de la cuota de Seguridad Social.

Además, para autónomos infectados o en cuarentena, y por tanto en situación de baja asimilada a AT y EP, demandan la bonificación del 100% de la cuota de la Seguridad Social desde el primer día de la baja. Actualmente estos autónomos percibirán el 75% de su base de cotización pero se verían obligados a seguir abonando la cuota excepto cuando dicha baja se extendiese más allá de los 60 días, reduciendo de forma importante los ingresos de dicho autónomo en esta circunstancia.

APLAZAMIENTO DE DEUDAS PARA ABOGADOS EN REGIMEN DE AUTONOMOS

Las pymes y autónomos, entre los que se encuentran los abogados que ejercen por cuenta propia, que tengan que liquidar impuestos en los próximos seis meses podrán pedir un aplazamiento. Eso sí, esta posibilidad solo estará disponible para aquellos abogados con un volumen de operaciones inferior a los seis millones en 2019. Esa moratoria será de seis meses, pero solo los tres primeros sin intereses de demora.

Con el Decreto se persigue mitigar el posible impacto que el escenario de contención reforzada pueda tener en los sectores más vulnerables de la economía, esto es, PYMES y autónomos, incluidos los abogados. Con esta finalidad, para evitar posibles tensiones en tesorería que puedan experimentar
estos colectivos, se propone una flexibilización en materia de aplazamientos, concediendo durante seis meses esta facilidad de pago de impuestos a PYMES y autónomos, previa solicitud, en unos términos equivalentes a una carencia de tres meses.

En concreto se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive, siempre que las solicitudes presentadas hasta esa fecha reúnan los requisitos a los que se refiere el artículo 82.2.a) de la Ley General Tributaria.

Hay que tener en cuenta que será requisito necesario para la concesión del aplazamiento que el deudor sea persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019, lo que puede afectar a la mayoría de los despachos de abogados.

Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:

  1. El plazo será de seis meses.
  2. No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.

INSTITUCIONES PENITENCIARIAS Y CETI

EL Decreto Ley cuenta también en el preámbulo otras medidas que se han tomado, como la creación de una sala en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) lista para aislar a posibles contagiados, concretamente la habilitación en los CETI de una sala para el supuesto de que fuera necesario proceder al aislamiento de alguna persona, las labores de monitoreo de grupos vulnerables a COVID-19 y la recomendación del uso de los protocolos propuestos por Sanidad en los centros gestionados por otras instituciones.

En el ámbito de las instituciones penitenciarias, se han tomado medidas para limitar los accesos durante 14 días a prisiones y centros de inserción social situados en Madrid, Vitoria y Labastida al tratarse de «zonas de transmisión significativa», y la suspensión o limitación de las comunicaciones familiares.

CONTRATOS DE EMERGENCIA

El Gobierno podrá usar el procedimiento de emergencia para los contratos de cualquier bien o servicio para actuar frente a esta crisis. Lo podrá hacer con contratos tramitados antes de la entrada en vigor de este Decreto Ley, de forma retroactiva. Esto significa que en caso de catástrofes o grave peligro para la defensa nacional, se puede ordenar de forma inmediata que una obra, suministro o servicio se ponga en marcha sin necesidad de aprobar un expediente. Eso sí, debe justificarse la emergencia y ser evaluado a posteriori.

PRÉSTAMOS VENTAJOSOS Y BONIFICACIONES AL TURISMO

Para paliar los efectos en el turismo, los transportes, la hostelería, el comercio y la cultura -aplicable a museos y salas de espectáculos- afectados por el descenso de visitantes, el Decreto Ley aprueba dos medidas: créditos blandos para estas empresas y bonificaciones por trabajadores discontinuos. Son las mismas medidas que se aprobaron ante la quiebra de Thomas Cook, pero ampliadas a las consecuencias del coronavirus.

La línea de financiación se dota con 200 millones de euros adicionales a los 200 millones de euros inicialmente previstos.

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