22 enero 2015
Los jueces y magistrados contarán por primera vez con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales
- Todas las asociaciones judiciales han trabajado con el CGPJ en la elaboración del texto
- El Plan incluirá la consideración de las cargas de trabajo como factor de riesgo y el compromiso del Consejo de regular las mismas a los efectos de salud laboral
- Los documentos contemplan una relación completa de riesgos para la salud en la carrera judicial y regulan la adopción de medidas de adaptación y apoyo en situaciones clínicas de riesgo
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial estudiará el próximo martes los documentos que componen el primer Plan de Prevención de Riesgos Laborales de los jueces y magistrados españoles, como paso previo a su aprobación definitiva por parte de la Comisión Mixta integrada por el Ministerio de Justicia y el órgano de gobierno de los jueces.
El Plan ha sido elaborado en el seno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud, de la que por primera vez forman parte dos vocales del CGPJ -Juan Martínez Moya, que la preside, y Concepción Sáez-, así como representantes de la Asociación Profesional de la Magistratura, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y el Foro Judicial Independiente y letrados del Consejo.
Desde el inicio del mandato del actual CGPJ en diciembre de 2013, la promoción de las medidas y actuaciones necesarias para garantizar el derecho de los jueces y magistrados a la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el ejercicio de sus funciones se consideró una prioridad, ya que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales data de 1995, sin que hasta la fecha se hubiera desarrollado un Plan para la carrera judicial.
El resultado es el Plan de Prevención 2015-2016, compuesto por el Manual de Prevención de Riesgos de la carrera judicial y diez procedimientos de Prevención de Riesgos Laborales, entre los que destacan el de planificación de la actividad preventiva derivada de la actuación de riesgos laborales y el que determina la estrategia y metodología de la evaluación de riesgos.
El Manual, dividido en varios capítulos –Política de prevención de riesgos laborales, Características de la carrera judicial, Estructura organizativa de la prevención, Organización preventiva de la actividad y Gestión del Plan de prevención de riesgos laborales-, incluye como anexo un listado de todos los centros de trabajo en los que desarrollan su actividad jueces y magistrados.
Relación exhaustiva de riesgos para la salud en la carrera judicial
El Plan de Prevención contemplará una relación exhaustiva de riesgos para la salud en la carrera judicial y regulará de manera específica la vigilancia de la salud de los jueces y magistrados.
También se regularán, a través de la Sección de Riesgos Laborales del CGPJ, las situaciones de especial sensibilidad, lo que permitirá elevar a la Comisión Permanente propuestas de adopción de medidas de adaptación y apoyo a los jueces en situaciones clínicas de riesgo –estrés, tratamiento de enfermedades cancerosas, etc…-.
El Plan contemplará asimismo procedimientos específicos de protección del embarazo, riesgo durante el mismo y postparto; así como políticas especiales de prevención para Jueces de Adscripción Territorial (JAT), JAT de refuerzo y jueces en prácticas.
La carga de trabajo, factor de riesgo
Los documentos elaborados por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud incluyen la consideración de la carga de trabajo como factor de riesgo y el compromiso del CGPJ de regular las mismas a los efectos de salud laboral como aspecto diferenciado de “los sistemas de racionalización, organización y medición del trabajo que se estimen convenientes para determinar la carga de trabajo que puede soportar un órgano judicial”.
Estos últimos sistemas deben ser elaborados y aprobados conjuntamente con el Ministerio de Justicia y, en su caso, oídas las Comunidades Autónomas cuando afectare a materias de su competencia, según establece el artículo 560.21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y reiteró recientemente la Sala Tercera del Tribunal Supremo en su sentencia de 9 de octubre de 2014, en la que anuló el Modelo de Medición de Cargas de Trabajo de Juzgados y Tribunales vigente hasta entonces.
Otras actuaciones en materia de prevención de riesgos
Como uno de sus ejes prioritarios de actuación, el actual Consejo ha promovido en su primer año de mandato otras medidas y actuaciones generales y concretas en materia de prevención, entre ellas las siguientes:
– Constitución de la Comisión de Seguimiento del Convenio firmado en 2010 con el Ministerio de Justicia.
– Elaboración del Procedimiento de Coordinación de Actividades Preventivas de la Carrera Judicial y traslado del mismo al Ministerio y a las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia para establecer conjuntamente los mecanismos de coordinación necesarios para que las condiciones de trabajo en las que se desarrolla la actividad de la Carrera Judicial sean las adecuadas para preservar y garantizar su seguridad y salud integral.
– Contratación de la asistencia técnica de Ergonomía y Psicosociología, que permitirá realizar la evaluación de los riesgos ergonómicos y psicosociales, así como la planificación de la actividad preventiva en los puestos de trabajo de la Carrera Judicial.
– Asesoramiento a las Presidencias del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia en sus competencias gubernativas, a fin de unificar criterios en la aplicación del régimen normativo referentes a los supuestos de incapacidad temporal derivada de enfermedad y/o contingencias profesionales.
– Colaboración activa con la Comisión de Igualdad del CGPJ en la elaboración del Protocolo de Prevención del Acoso en la Carrera Judicial.
– Impulso del deber de formación en materia preventiva.
– Promoción del mantenimiento actualizado de la información de la página web del Consejo –www.poderjudicial.es– en el tema de prevención de riesgos e información periódica a la Carrera Judicial.