18 mayo 2015
Los operadores jurídicos denuncian la lamentable situación de los juzgados del partido judicial de Granollers
- Un estudio elaborado por el mismo Consejo General del Poder Judicial revela que el partido judicial de Granollers sufre de una grave carencia de medios en relación a otros partidos judiciales similares
El decano del Colegio de Abogados de Granollers, Josep Medina Padial, junto con el vicedecano del Colegio de Procuradores de Barcelona, Ramon Daví, y lo juez-decano de Granollers, Carlos Puigcerver, han denunciado el pésimo estado en que se encuentran los juzgados de Granollers, adscritos a la 4 categoría.
Según estos operadores jurídicos, existe una inadmisible desigualdad en cuanto a dotación de medios personales y materiales (7 juzgados de instancia con una plantilla orgánica de 9 personas por juzgado) hacia otros partidos judiciales similares al nuestro, cosa que vulnera el principio de igualdad de derechos de los ciudadanos en cuanto a la obtención de la tutela judicial efectiva de idéntica calidad.
Esta desigualdad se debe a que para la definición de la planta judicial sólo se ha tenido en cuenta la población de Granollers (unos 60.000 habitantes), pero no se ha tenido en cuenta la población total del partido (295,860 habitantes), que es muy superior a la otros grandes capitales, como Terrassa, que con
240.753 habitantes, tiene 8 juzgados de instancia adscritos a la tercera categoría y una plantilla orgánica de 10 personas. En la definición de la planta judicial tampoco se ha tenido en cuenta que nuestra comarca es eminentemente Industrial -hay 9.038 empresas, contra las 5.978 que hay en Terrassa y 8.536 en Sabadell-, cosa que provoca un elevado índice de litigiosidad. Por lo tanto, para resolver la clara discriminación negativa de medios que sufre nuestro partido judicial, no hay duda que se tiene que incrementar tanto el número de juzgados como la plantilla orgánica de cada uno de ellos.
Los datos y estudios comparativos hablan por sí mismos: según un informe del servicio de inspección del Consejo General del Poder Judicial elaborado el septiembre de 2014, todos los juzgados de Instancia del Partido Judicial de Granollers superan ampliamente el 220% del índice de carga de trabajo, y 5 de los 7 juzgados de Instancia están situados dentro de los 10 órganos judiciales más sobrecargados de Cataluña, evidenciando que la situación general del partido judicial de Granollers es pésima. Así por ejemplo, el juzgado de primera instancia número 1 está situado en la segunda posición del ranking, con un índice de carga de 265,96%, seguido por el número 4, con un índice de 264,34%.
Justo es decir, pero, que a pesar de la gran diferencia de cargas de trabajo existente entre los juzgados de Granollers y las medias de Cataluña y España, y de que los primeros disponen de menos personal para atender esta carga, las cifras en cuanto a respuestas de trabajo en forma de asuntos resueltos y de resoluciones dictadas, son muy superiores al resto -la media de resoluciones judiciales es superior en un 16’41% a de la media de los juzgados catalanes-, cosa que responde a un esfuerzo muy significativo de jueces, secretarios y funcionarios de nuestro partido judicial.
La endémica carencia de recursos de la planta judicial de nuestro partido judicial y la ingente carga de trabajo, claramente desigual en comparación con otros partidos judiciales, provoca considerables retrasos en la tramitación y en los señalamientos de audiencias previas y juicios y una grave inestabilidad de la plantilla orgánica de cada juzgado, cosa que afecta negativamente al servicio. Por tal motivo, los operadores judiciales de nuestro partido piden la urgente adopción de las siguientes medidas, que a bien seguro conseguirán reducir la carga de trabajo de los juzgados y optimizar la respuesta judicial:
a) Creación de 3 nuevos juzgados de Instancia.
b) El Incremento de la plantilla orgánica de todos los juzgados (1 tramitador y 1 gestor).
c) La creación del servicio común de actas de comunicación.
d) Ascenso a la categoría Grupo 3r, en el que se encuentra Terrassa. e) 3 jueces de refuerzo.
f) 3 secretarios de refuerzo.
g) 1 funcionario de refuerzo para cada uno de los juzgados. h) Cubrir las bajas laborales en el plazo de 24 horas.