23 enero 2018

Lucha contra la incitación ilegal al odio en línea

La Comisión Europea acaba de hacer pública la tercera evaluación del Código de conducta relativo a la lucha contra la incitación ilegal al odio en línea llevada a cabo por ONGs y organismos públicos. Esta nueva evaluación indica que las empresas del sector de las TIC eliminaron una media del 70% de los casos de incitación ilegal al odio que les había sido notificada.

Desde mayo de 2016, Facebook, Twitter, YouTube y Microsoft se han comprometido a combatir la propagación de contenidos de ese tipo en Europa por medio de este Código de conducta. La tercera de estas rondas de control indica que las empresas cumplen ahora cada vez más sus compromisos de eliminar la mayor parte del discurso ilegal de incitación al odio en el plazo de 24 horas. Sin embargo, siguen persistiendo varios retos, especialmente la falta de información sistemática a los usuarios.

Instagram y Google+ han anunciado que van a adherirse al Código de conducta, de manera que aumentará el número de usuarios que abarca el Código.

Desde su adopción en mayo de 2016, el Grupo «Código de Conducta» no ha cesado de avanzar en la eliminación de los contenidos ilegales, tal como indica la evaluación:

  • Por término medio, el 70% de las empresas del sector de las TIC ha eliminado toda la incitación ilegal al odio, notificada por las ONGs y los organismos públicos participantes en la evaluación. Esta tasa ha aumentado constantemente desde el 28% de la primera ronda de control de 2016 y el 59% de la segunda ronda de mayo de 2017.
  • En la actualidad, todas las empresas del sector TIC cumplen plenamente el objetivo de examinar la mayoría de las notificaciones en el plazo de 24 horas, alcanzando una media superior al 81%.Esta cifra se ha duplicado en comparación con la primera ronda de control y aumentado desde el 51% de las notificaciones evaluadas en un plazo de 24 horas registrado en la ronda de control anterior.

 

Si bien se han cumplido plenamente los principales compromisos del Código de conducta, deben introducirse más mejoras en los ámbitos siguientes:

  • Todavía falta información a los usuariosen relación con casi un tercio de las notificaciones de media, con diferentes tasas de respuesta según las diversas empresas TIC. La transparencia y la información a los usuarios son ámbitos en los que deben introducirse nuevas mejoras.
  • El Código de conducta complementa la legislación relativa a la lucha contra el racismo y la xenofobia, que obliga a enjuiciar eficazmente a los autores de delitos de incitación ilegal al odio, ya sea en línea o fuera de línea. Por término medio, uno de cada cinco casos notificados por las ONG a las empresas también ha sido objeto de una denuncia ante la policía o la fiscalía. Esta cifra se ha duplicado con creces desde el último informe de seguimiento. La policía debe investigar inmediatamente esos casos. La Comisión ha facilitado una red de cooperación e intercambio de buenas prácticaspara las autoridades nacionales, la sociedad civil y las empresas, así como ayuda financiera específica y orientaciones operativas. Casi dos tercios de los Estados miembros ya han establecido un punto de contacto nacional responsable en materia de incitación al odio en Internet. En la primavera de 2018 está previsto un diálogo específico entre las autoridades competentes de los Estados miembros y empresas del sector de las TIC.

 

La Comisión Europea continuará realizando un seguimiento periódico de la aplicación del Código por parte de las empresas del sector de las TIC participantes con la ayuda de las organizaciones de la sociedad civil y aspira a ampliarlo a otras plataformas en línea. Asimismo, estudiará la posibilidad de adoptar medidas adicionales si no prosiguen o se frenan los esfuerzos.

 

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-18-261_es.htm

 

 

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