21 febrero 2014
María Vázquez: “Los menores son tan víctimas de la violencia como sus madres”
Por primera vez, un juez ha concedido los derechos derivados de orfandad absoluta a una menor cuya madre fue asesinada y su padre condenado como autor del crimen. Detrás de esta sentencia pionera, dictada por el titular del juzgado de lo Social nº 3 de Almería, está el trabajo incansable de la abogada María Vázquez Góngora, que presentó hace dos años un informe en el Congreso de los Diputados en el que alertaba de la situación de especial vulnerabilidad de estos menores en España. Ahora está satisfecha porque esta sentencia- que ya es firme- reconoce que los menores son tan víctimas de la violencia como sus progenitoras.
Pregunta.- Recientemente, un juzgado de Almería concedió la pensión de orfandad completa a la hija de una mujer asesinada por su marido, que ahora cumple condena. ¿Cómo y cuándo le llegó este caso?
Respuesta.- Dirijí la acusación particular por el asesinato, a petición de la familia, desde el día siguiente a los hechos y después de esta cuestión central, vinieron todas sus anexas, que no son ni pocas, ni nimias. Tras la devastación, surgen situaciones muy variadas a las que se ha de hacer frente y toca recolocarlo todo, no sólo sentimientos. Así que simplemente me he limitado a ayudar en todo lo que ha estado en mano. Más avanzado el trabajo, sentí con mucha claridad la obligación de cumplir una misión y, efectivamente, así ha sido.
P.- ¿Qué ha supuesto para usted esta sentencia?
R.- Tras casi veinte años de ejercicio, mucho. Quizás porque en esta profesión es muy fácil caer en la desesperanza, y en la angustia vital que genera la necesidad de convencer a otro para que adopte resoluciones en bien del interés que se ventila. Y es muy frustrante cuando no lo conseguimos. Esta difícil posición de ser los motores de un cambio cuya conducción queda en manos de otros profesionales, los jueces, provoca ya avanzado el ejercicio profesional mucha confusión personal. Así que ver a un juez, como ha sido en este caso Don Juan Carlos Aparicio Tobaruela, magistrado-juez del Juzgado de lo Social Nº 3 de Almería, hacer un ejercicio magistral de profunda independencia, poniendo en práctica la ortodoxia de nuestra ciencia, la que aprendimos en la facultad de Derecho, desde la interpretación integrada de todo el ordenamiento jurídico, y no desde la herramienta que más nos gusta o más dominamos o más está de moda, para mí ha supuesto la recuperación de la esperanza y la oportunidad de que se me clarifiquen bastantes nudos gordianos personales.
Eso al margen del valor jurídico, en cuanto al cambio de tendencia y la reordenación de los bienes jurídicos que se protegen.
P.- Este caso se llevó al Congreso y sirvió como ejemplo en la Comisión de Justicia para presentar una proposición no de ley que contemple la especial protección de los menores víctimas también de violencia de género. ¿No es así?
R.- Sí, efectivamente elevé un informe hace dos años a la Comisión de Justicia del Congreso alertando sobre la situación de especial vulnerabilidad de estos menores en España. En buena parte, ese informe se tradujo en la proposición no de ley del Partido Popular, respaldada por todos los grupos presentes con excepción de la abstención de Amaiur. A pesar de la laguna legal, esta situación no tenía por qué traducirse en desprotección de los menores, si se hacían correctamente las cosas, que es lo que la sentencia ha venido a decir. En primer lugar porque la unidad del ordenamiento jurídico nos obliga a una interpretación integrada de todas nuestras normas.
El INSS, por mucho que su ley de referencia sea la Ley General de Seguridad Social, no puede olvidar los tratados internacionales que España tiene suscritos en materia de protección de menores, porque son ley interna desde que se publican en el BOE, y tampoco puede olvidar ni la L.O. 1/2004 de Protección a la Víctimas de Violencia de Género, ni la obligación de interpretar las leyes con equidad y atendiendo a su espíritu y, por tanto, entender que los menores son tan víctimas de la violencia como sus progenitoras. Este era el espíritu de la ley y las interpretaciones de este texto deben hacerse desde esta sensibilidad. Por tanto, los artículos 3 y 4 del Código Civil, siempre han de estar presentes para todo jurista y, si un supuesto no está regulado, lógicamente la obligación legal de la administración, al dictar sus resoluciones, es la de aplicar por analogía el supuesto regulado más parecido. Esto fue lo que no hizo el INSS, lo que no vieron los juzgados antes y lo que no ventiló la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, a pesar de la advertencia expresa que en su día hice por varios conductos, incluida la Comisión de Justicia del Congreso, y lo que ha tenido en cuenta la novedosa y valiente sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número 3 de Almería.
P.- ¿Cree que esta sentencia puede cambiar las cosas?
R.- Ha sido necesario que la sentencia haya saltado a la opinión pública para que se anuncien medidas inmediatas, que se debían haber adoptado hace muchísimos años. Y no me gustaría que se entendiera algo diferente de lo que expreso. No es cuestión de un gobierno u otro, es una cuestión de sistema. Se crean entes y más entes de todo tipo, color, etc…y se publicitan. Emiten informes, pero tan alejados de la realidad de las víctimas que no se detectan las cuestiones más medulares, y cuando se llama la atención política da lugar a consensos formales, que luego no llevan a actuaciones concretas.
En este caso ha sido la sentencia sin duda la que ha provocado una reacción política, que esperamos sea una consecución de buenas prácticas. Hay muchas cosas que se pueden hacer en materia de violencia de género, que aliviarían mucho la situación de las víctimas, que evitarían las injusticias que se producen, y gran parte de ellas sin grandes costes.
P.- ¿Es especialista en violencia de género?
R.- Digamos que siento muy de cerca este tema, que lo he estudiado y que me interesa mucho el ámbito mujer-derecho. En 20 años de ejercicio he llevado muchos casos de violencia de género. He llevado sus desarrollos en la vía penal, civil y administrativa. Respondiendo esta pregunta se me vienen automáticamente a la cabeza. He llevado muchos casos y algunos aún hoy me pesan por las injusticias que he visto y no he podido evitar. Desde luego las personas sin recursos económicos lo tienen aún más difícil. Es imprescindible más coordinación, y más sensibilidad. Es imprescindible distinguir “conflictividad familiar” de “violencia de género”, porque son dos fenómenos totalmente diferentes, y procurar a cada uno de ellos los medios que precisan, y no el totum revolutum que padecemos que nos lleva a desperdiciar recursos vitales.
P.- ¿Qué cambios legislativos cree que han sido importantes en violencia de género?
R.- Desde luego las reiteradas reformas del Código Penal pero, sin duda, la Ley Orgánica 1/2004.
P.- En lo referente a los menores, ¿queda mucho por hacer?
R.- Queda mucho por hacer a nivel asistencial y a nivel judicial. Es imprescindible mayor unidad procesal, pues en multitud de ocasiones al segmentar las cuestiones de fondo se impide una visión global y, en consecuencia, una intervención de fondo. Es terrible someter a las víctimas a la diáspora judicial, obligándolas a mantener multitud de procedimientos penales y civiles, desconexos, en juzgados diferentes que impiden ver el escenario en toda su extensión, y dotar de vías resolutivas integradoras.
P.- ¿Por qué decidió hacerse abogada?
R.- Desde que tengo uso de razón quería ser abogada. ¿Por qué?, no lo sé. No tenía antecedentes familiares, ni experiencia de alguien cercano. Es una profesión en la que cada conflicto supone una oportunidad de crecimiento personal. Tal vez por eso me he inclinado la mediación como otra vía de resolución. No siempre es posible, no todo conflicto es mediable pero cuando lo es, merece poderosamente la pena. También ejerzo en el Turno de Oficio especializado en violencia de género.
P.- ¿Cómo están afectando en su trabajo las tasas judiciales?
R.- Creo que las tasas judiciales son muy injustas, y que atentan principios medulares de justicia, crean desigualdad, y benefician sólo a los más fuertes. El último ejemplo lo he tenido en relación a una demanda de víctima de accidente de tráfico, que además de no haber sido asistida por la compañía de seguros responsable y soportar los gastos médicos, los perjuicios morales y las pérdidas laborales, ha de pagar una tasa para demandar el cobro de la indemnización que le corresponde. O la situación de montones de pequeñas empresas que operan como S.L., cuyos recursos son inexistentes y que para hacer valer sus derechos obligatoriamente han de pagar tasas, en desigualdad con las personas físicas. O la injusticia de que la administración no soporte costas aún perdiendo pleitos, al contrario que el ciudadano, y que demandar a la administración requiera del pago inicial de tasas desproporcionadas en relación a la cuantía objeto del procedimiento. La casuística es infinita.
P.- ¿Cree que es justo que las víctimas de violencia de género, sea cual sea su situación económica, no paguen tasas?
R.- Creo que la tasa judicial será declarada inconstitucional.
EN PRIMERA PERSONA
Nací en Almería, aunque estoy colegiada en Granada desde 1994. Estoy casada y tengo tres hijos. Me interesa mucho el mundo del crecimiento personal, y del cuidado holístico de la persona. Imparto cursos de autoconocimiento financiero, destinados a mejorar la salud económica y aumentar el bienestar. Estoy haciéndome un blog, que se llama Codice Luz, un espacio de mediación y crecimiento personal.
TEXTO COMPLETO DE LA SENTENCIA