30 enero 2018
Más de un centenar de abogados participa en Pamplona en la jornada sobre menores del Aula de DDHH
La sala de conferencias del Colegio de Abogados de Pamplona acogió el pasado día 25 de enero la jornada “El interés superior del Menor y la Protección adecuada de sus derechos”, dentro del Aula de Derechos Humanos de la Fundación Abogacía Española.
Blanca Ramos, decana del Colegio de Abogados de Pamplona, y Alfredo Irujo, decano emérito del Colegio y patrono de la Fundación Abogacía inauguraron la jornada. Blanca Ramos agradeció a las ponentes su participación en la jornada, Adela San Clemente, fiscal de Menores de Pamplona, y Patricia Fernández Vicens, abogada especialista en protección de la infancia. Por su parte Alfredo Irujo recordó algunos de los temas tratados por el Aula de Derechos Humanos en sus anteriores visitas a Pamplona.
PROCESO DE REFORMAS DE MENORES
Adela San Clemente realizó una introducción al Proceso de Reforma de Menores y explicó algunos detalles de su relación con el principio del interés del menor. La fiscal comenzó su intervención recordando que el principio del interés del menor se introdujo en el ordenamiento jurídico español en la reforma del Código Civil del año 81 y en la Ley Orgánica del Protección Jurídica del Menor, “si bien el concepto como tal estaba sin desarrollar” hasta la Ley Orgánica 8 de 2015.
A continuación, se refirió al marco normativo en el que se enmarca el interés superior del menor, tanto en el ámbito internacional como local, destacando la Convención de Derechos del Niño, la Carta Europea de los Derechos del Niño y las Reglas Europeas para Infractores juveniles del Consejo de Europa, que señalan que las sanciones a menores deberán estar guiadas por los principios de proporcionalidad e individualización, es decir, “teniendo en cuenta el desarrollo, las capacidades y las circunstancias personales del menor, constatado todo ello por los informe preceptivos”.
Centrándose en el procedimiento de reforma de menores y en su relación con el citado concepto, la fiscal recordó que se trata de un proceso penal y por lo tanto le son aplicables todos los derechos y garantías de cualquier otro tipo de procedimiento penal. Asimismo, se refirió de manera detallada a los principios de oportunidad y flexibilidad y mencionó asimismo los de celeridad y publicidad.
Cabe destacar, entre los mencionados, el principio de flexibilidad, que determina que a la hora de solicitar la medida que deba imponerse a los menores, a diferencia del procedimiento de adultos, en el que en cada delito ya viene determinada la media con la horquilla de tiempo que deba imponerse, la medida que deba solicitarse será la más adecuada a la situación, excepto en los delitos de extrema y de máxima gravedad, en los que ya quedan fijadas medidas concretas con una duración mínima.
Por último, y como conclusión, San Clemente expuso su convicción personal de que “todos los profesionales que intervenimos en el procedimiento de reforma de menores, tanto jueces, como fiscales, abogados y profesionales de los equipos técnicos, debemos tener una única finalidad y un objetivo. Y es buscar la medida más adecuada para el menor. Más adecuada no en el sentido de la que más le guste, sino de la que mejor le va a venir en el desarrollo de su personalidad y en conseguir una finalidad de carácter educativo y resocializadora”.
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA
Patricia Fernández, abogada del Colegio de Abogados de Madrid, formadora de la Fundación Abogacía y experta en infancia y migraciones centró su intervención en el papel del letrado en la protección de los derechos de la infancia.
“El planteamiento -explicó es intentar acercarnos a las posibilidades que la jurisdicción española, y también los mecanismos internacionales nos dan como abogados en ejercicio para proteger los derechos de la infancia. Solemos pensar que estos derechos son competencia de los servicios de protección de menores, o de las instituciones educativas. Y a veces olvidamos la trascendencia que como derechos y como el pleno ejercicio de derechos tienen para nosotros, y la importancia que puede llegar a tener nuestra actuación profesional en la defensa de estos niños y niñas”.
En este sentido, Fernández destaca que un tercio de los niños españoles se encuentra “en situación de pobreza o en riesgo de pobreza y la experiencia nos ha demostrado que pobreza y exclusión social van de la mano. Por tanto, garantizar el pleno acceso a juzgados y tribunales es una manera de garantizar esos derechos y su ejercicio”.
ENTREVISTA A PATRICIA FERNÁNDEZ VICENS
https://www.abogacia.es/2018/01/30/patricia-fernandez-vicens-existen-instrumentos-juridicos-suficientes-para-asumir-la-representacion-de-los-menores-pero-no-tenemos-tradicion-juridica-de-ello/