29 enero 2019
Mayor protección para los informantes: el Consejo adopta su posición
El Consejo de la UE (a nivel de representantes permanentes- COREPER) ha acordado su posición sobre la Directiva relativa a la protección de los informantes. Ahora ya está listo para iniciar negociaciones con el Parlamento Europeo con objeto de alcanzar un acuerdo antes de que finalice la legislatura.
La UE está tomando medidas para garantizar un nivel elevado de protección de los informantes en muy diversos sectores. Las nuevas normas obligan a las organizaciones –privadas o públicas con 50 o más empleados– y a los poderes públicos a establecer cauces seguros de denuncia. Además, ofrecerán un elevado nivel de protección a los informantes contra las represalias y exigirán a las autoridades nacionales que informen debidamente a los ciudadanos y formen a los funcionarios sobre el modo de proceder ante las denuncias.
En general, el Consejo ha aclarado algunas de las disposiciones del texto con el objetivo de aumentar la seguridad jurídica y abordar mejor los vínculos existentes entre las nuevas normas y la legislación actual en determinados sectores.
Entre los elementos de la posición adoptada por el Consejo respecto de la propuesta inicial cabe citar:
- Sistema de denuncias: los informantes deberán utilizar en primer lugar cauces internos en su organización antes de recurrir a cauces externos (establecidos por los poderes públicos), y en último lugar podrán informar al público. No obstante, el principio del sistema de tres etapas prevé excepciones para casos específicos (en caso de peligro inminente o manifiesto para el interés público) que permiten al denunciante recurrir a cauces externos o incluso informar al público.
- Personas protegidas por las nuevas normas: se han mantenido los elementos de la propuesta de la Comisión y se incluyen numerosas categorías de personas que pueden tener acceso a información sobre infracciones cometidas en un contexto laboral, como por ejemplo empleados (incluidos funcionarios a nivel nacional/local), voluntarios y trabajadores en prácticas, miembros no ejecutivos, accionistas, etc.
- Obligaciones de información para los poderes públicos y las empresas: se deberán atender y tramitar las denuncias en un plazo de tres meses (en casos debidamente justificados, existe la posibilidad de prorrogar hasta seis meses el plazo para cauces externos).
- Revelación pública de información: el Consejo ha añadido un artículo que establece las condiciones que debe cumplir la persona protegida por las nuevas normas en caso de que esta revele públicamente información.
- Ámbito de aplicación: la posición del Consejo mantiene el amplio ámbito de aplicación propuesto por la Comisión, que abarca aspectos como la contratación pública, los servicios financieros, la prevención de blanqueo de capitales, la salud pública, etc.
Las negociaciones del diálogo tripartito con el Parlamento Europeo comenzarán lo antes posible. El PE adoptó su posición en diciembre de 2018.