14 enero 2020

Menos de la mitad de los europeos conocen sus derechos a la hora de viajar

Pasajeros en un avión

La Comisión Europea ha publicado los resultados de una encuesta del Eurobarómetro sobre los derechos de los pasajeros en la Unión Europea (UE). Según la encuesta, el 43 % de los ciudadanos de la UE que han viajado en avión, tren de larga distancia, autocar, barco o transbordador en los últimos 12 meses («viajeros») saben que la UE les da derechos como pasajeros.

Adina Vălean, Comisaria europea de Transportes, ha declarado: «La Unión Europea es la única zona del mundo donde los ciudadanos están protegidos por un conjunto completo de derechos de los pasajeros. Sin embargo, estos derechos deben conocerse mejor y ser más fáciles de entender y de hacer cumplir. Nuestras normas también deberían ofrecer una mayor seguridad jurídica a los pasajeros y al sector. Por ello, la Comisión ha propuesto modernizar los derechos de los pasajeros del transporte aéreo y del ferroviario. Ahora es necesario que el Consejo y el Parlamento Europeo alcancen rápidamente un acuerdo sobre estos derechos para garantizar que las personas que viajan en la UE estén protegidas efectivamente».

Los derechos de los pasajeros se definen a nivel de la UE, los transportistas los aplican y son los organismos nacionales quienes velan por que se respeten. La disparidad de prácticas nacionales puede dificultar que los pasajeros tengan una idea clara de qué hacer y a quién recurrir, sobre todo porque los pasajeros se desplazan a menudo de un país a otro de la UE.

La Comisión Europea ya ha intensificado sus esfuerzos para aumentar la claridad de los derechos de los pasajeros y para sensibilizar sobre ellos, mediante propuestas legislativas sobre los derechos de los pasajeros del transporte aéreo y del ferroviario, directrices, y una comunicación periódica sobre la jurisprudencia pertinente. La Comisión también puso en marcha una campaña de sensibilización.

Los resultados de la encuesta se tendrán en cuenta en dos procedimientos legislativos en curso, relativos a los derechos de los pasajeros de ferrocarril y avión, así como en las evaluaciones de los derechos de los viajeros de autobús y autocar, los derechos de los pasajeros de barcos y transbordadores, y los derechos de los pasajeros de avión con discapacidad o movilidad reducida. En este contexto también se tendrá en cuenta la accesibilidad al transporte multimodal para estos pasajeros, así como para otros viajeros.

 

Fuente: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_19_6814

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