04 junio 2019

Mercado Único Digital: La Comisión publica una guía sobre la libre circulación de datos no personales

La Comisión Europea ha publicado una nueva guía sobre la interacción entre la libre circulación de datos no personales y las normas de protección de datos de la UE.

Como parte de la estrategia del Mercado Único Digital, el nuevo Reglamento sobre la libre circulación de datos no personales, que ya resulta de aplicación en los Estados miembros, permitirá almacenar y tratar los datos en cualquier lugar de la UE sin restricciones injustificadas. La guía que se publica hoy pretende ayudar a los usuarios –en especial las pequeñas y medianas empresas– a entender cómo interactúan estas nuevas normas y el Reglamento general de protección de datos (RGPD), especialmente cuando los conjuntos de datos están formados tanto por datos personales como por datos no personales.

Junto con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que empezó a aplicarse hace un año, el nuevo Reglamento sobre la libre circulación de datos no personales ofrece un entorno jurídico y empresarial estable para el tratamiento de los datos. El nuevo Reglamento impide que los países de la UE introduzcan leyes que obliguen injustificadamente a conservar los datos únicamente dentro del territorio nacional. Se trata del primero de este tipo en todo el mundo. Estas nuevas normas aumentan la seguridad jurídica y la confianza de las empresas, y hace que a las pymes y nuevas empresas les resulte más sencillo desarrollar servicios nuevos e innovadores, utilizar las mejores ofertas de servicios de tratamiento de datos del mercado interior y expandir sus negocios más allá de las fronteras.

Esta nueva guía ofrece ejemplos prácticos sobre cómo deberían aplicarse las normas cuando una empresa trate conjuntos de datos en los que figuran tanto datos personales como datos de carácter no personal. También explica en qué consisten los datos personales y los datos no personales, así como los conjuntos de datos mixtos; enumera los principios de la libre circulación de datos y el impedimento de establecer requisitos de localización de datos conforme al RGDP y al Reglamento sobre la libre circulación de datos no personales; e incluye el concepto de portabilidad de los datos contemplado en este último instrumento. La guía también recoge los requisitos autorreguladores establecidos en ambos Reglamentos.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-19-2749_es.htm

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