04 diciembre 2018

Mercado único digital: las nuevas normas de la UE permiten a los europeos comprar en línea sin fronteras

El 3 de diciembre de 2018 ha entrado en vigor el nuevo Reglamento que la Comisión Europea propuso en mayo de 2016 para poner fin al bloqueo geográfico en línea injustificado. Los europeos no tendrán que preocuparse de sufrir un bloqueo o un desvío en un sitio web simplemente porque ellos (o su tarjeta de crédito) proceden de un país diferente. Siempre que estén en la UE, podrán acceder a los bienes y servicios en línea.

Los Estados miembros son los responsables de hacer cumplir el Reglamento y tienen que crear las estructuras necesarias para que comience a aplicarse sin problemas. De manera concreta, los Estados miembros deben designar organismos a los que se les confiará la observancia de la norma y organismos que deberán prestar asistencia práctica a los consumidores. Además, los Estados miembros deben establecer medidas eficaces, proporcionadas y disuasorias que se aplicarán cuando se infrinja el Reglamento. La Comisión llevará a cabo una primera revisión del Reglamento sobre el bloqueo geográfico en marzo de 2020 como muy tarde. Esa evaluación tendrá por objeto estudiar si el principio de no discriminación al acceder a los bienes y servicios puede hacerse extensible a los servicios no audiovisuales prestados por vía electrónica cuya característica principal son los contenidos protegidos por derechos de autor, como los libros electrónicos, la música, los juegos o los programas informáticos. Asimismo, la Comisión analizará cuidadosamente si hay otros sectores, como los servicios en el ámbito de los transportes o los servicios audiovisuales, en que persista alguna restricción injustificada por razón de la nacionalidad, el lugar de residencia o el lugar de establecimiento que deba suprimirse.

Tanto los consumidores como las empresas —especialmente las PYMEs— muestran un interés cada vez mayor en las compras y las ventas en toda la UE. Las ventas en línea de productos están creciendo un 22% al año. No obstante, con frecuencia los comerciantes niegan vender a los clientes de otro Estado miembro de la UE u ofrecer unos precios tan ventajosos como de los que disfrutan los clientes locales.

El Reglamento (UE) 2018/302 («Reglamento sobre el bloqueo geográfico») tiene por objeto ofrecer más oportunidades a los consumidores y las empresas dentro del mercado interior de la UE. En concreto, aborda el problema que sufren algunos clientes, que no pueden adquirir bienes y servicios de comerciantes situados en un Estado miembro diferente, incluso en las mismas condiciones que la población local, únicamente por razón de su nacionalidad, lugar de residencia o lugar de establecimiento. Según una encuesta efectuada por la Comisión en 2015, solo el 37% de los sitios web permitía realmente a los clientes transfronterizos llegar a la etapa final —presentar sus datos de pago— para poder concluir la compra.

El Reglamento sobre el bloqueo geográfico forma parte de un conjunto más amplio de medidas para potenciar el comercio electrónico en el mercado único, como la revisión del Reglamento sobre la cooperación para la protección de los consumidores, las nuevas normas sobre los servicios de paquetería transfronterizos, las nuevas normas de contratos digitales y las nuevas normas en materia de IVA para el comercio electrónico.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_STATEMENT-18-6626_es.htm

Comparte: