27 junio 2017

Multa récord de 2.420 millones de euros a Google por abuso de posición dominante

Multa CE GoogleLa Comisión Europea ha impuesto a Google una multa de 2.420 millones de euros por infringir la legislación antitrust de la UE. Google ha abusado de su posición dominante en el mercado en cuando motor de búsqueda ofreciendo una ventaja ilegal a otro producto de Google, su servicio de compras comparativas.

La empresa debe poner ahora un término a su forma de proceder en el plazo de noventa días o enfrentarse al pago de una multa que puede llegar hasta el 5% de la cifra de negocios media diario de Alphabet, la sociedad matriz de Google, a nivel mundial.

En 2008, Google inició en los mercados europeos un cambio fundamental de estrategia para impulsar su servicio de compras comparativas. Esta estrategia se basaba en la posición dominante de Google en las búsquedas de carácter general en internet, y no en la competencia según los méritos en los mercados de las compras comparativas.

Las prácticas de Google suponen un abuso de su posición dominante en la búsqueda general de internet por inhibir la competencia en los mercados de compras comparativas.

La posición dominante no es ilegal en sí misma según la legislación antitrust de la UE. No obstante, las empresas dominantes tienen la especial responsabilidad de no abusar de su posición en el mercado restringiendo la competencia, bien en el mercado en que son dominantes o en otros mercados.

  • En la Decisión adoptada se llega a la conclusión de que Google ocupa una posición dominante en los mercados de búsqueda general en internet en todo el Espacio Económico Europeo (EEE), es decir, en los treinta y un países que lo integran. La Decisión indica que Google mantiene una posición dominante en los mercados de búsqueda general en internet de todos los países del EEE desde 2008, salvo en Chequia, donde la Decisión fija la posición dominante desde 2011. Esta evaluación se basa en que el motor de búsqueda de Google mantiene cuotas de mercado muy altas en todos los países del EEE, superiores al 90 % en la mayoría de ellos, y lo lleva haciendo de forma constante desde al menos 2008, que es el periodo que ha investigado la Comisión. Hay también barreras muy altas para entrar en estos mercados, en parte debido a los efectos de la red: cuanto más utilizan los usuarios un motor de búsqueda, más atractivo resulta para los anunciantes. Las ganancias generadas pueden utilizarse entonces para atraer más consumidores. De igual modo, los datos que reúne un motor de búsqueda sobre los consumidores pueden a su vez utilizarse para mejorar los resultados.
  • Google ha abusado de esta posición dominante dando a su propio servicio de compras comparativas una ventaja ilegal. Google solo coloca en una posición destacada en sus resultados de búsqueda su propio servicio de compras comparativas, mientras que los servicios rivales los sitúa en un lugar más desfavorable. Google ha estado inhibiendo la competencia basada en los méritos en los mercados de las compras comparativas.

Google ha implantado esta práctica en todos los países del EEE donde utiliza este producto de compras comparativas, comenzando en enero de 2008 en Alemania y el Reino Unido. Posteriormente hizo extensiva esta práctica a Francia en octubre de 2010, a Italia, Países Bajos y España en mayo de 2011, a Chequia en febrero de 2013 y a Austria, Bélgica, Dinamarca, Noruega, Polonia y Suecia en noviembre de 2013.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-17-1784_es.htm

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