01 agosto 2017

Nuevas medidas para mejorar las condiciones de trabajo de la gente de mar

La Comisión Europea propone que se incorpore al Derecho de la UE un acuerdo entre los interlocutores sociales para mejorar las condiciones de trabajo de la gente de mar a bordo de buques con pabellón de la UE.

La Comisión Europea propone que se incorpore al Derecho de la UE un acuerdo entre los interlocutores sociales para mejorar las condiciones de trabajo de la gente de mar a bordo de buques con pabellón de la UE. La propuesta garantizará que, en el futuro, la gente de mar esté mejor protegida contra el abandono en puertos extranjeros, y reforzará sus derechos a indemnización en caso de muerte o discapacidad prolongada como resultado de un accidente de trabajo o de una enfermedad o un riesgo profesionales.

El carácter global de la industria del transporte marítimo, con diferentes legislaciones nacionales que se aplican en función del Estado del armador, el Estado del pabellón o la nacionalidad de la tripulación, hace que sea difícil para la gente de mar obtener reparación de forma rápida y satisfactoria en caso de abandono, lesión o fallecimiento. Lo que la Comisión propone son mejoras en el sistema ya existente.

La propuesta mejorará la protección de la gente de mar en caso de abandono, incluidos los casos en que el armador deje de pagar el salario contractual durante un período de al menos dos meses o abandone a los marinos sin la manutención y el apoyo necesarios para llevar a cabo las operaciones en el barco. Esto no solo beneficiará a los propios marinos, sino también a todos las autoridades portuarias de la UE, pues de esta forma habrá menos casos de abandono problemáticos.

La propuesta mejorará también los mecanismos de indemnización. Esto hará que el pago de las correspondientes reclamaciones sea más rápido y más fácil, lo que ayudará a evitar los largos retrasos en el pago y los trámites burocráticos a los que la gente de mar o sus familias suelen tener que hacer frente en caso de abandono, fallecimiento o discapacidad prolongada como resultado de accidentes o de enfermedades laborales.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-17-2141_es.htm

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