19 febrero 2019
Nuevas normas de la UE reducirán la burocracia a los ciudadanos que viven o trabajan en otro Estado miembro
La Comisión Europea informa de la entrada en vigor, en toda la Unión Europea, de las nuevas normas de la UE que reducen los costes y los trámites a los ciudadanos que viven fuera de su país natal. Actualmente, los ciudadanos que se trasladan a otro país de la UE o residen en él deben conseguir un sello para demostrar que sus documentos públicos (por ejemplo, certificados de nacimiento, matrimonio o defunción) son auténticos. Esto es así para unos diecisiete millones de ciudadanos de la UE.
Con el nuevo Reglamento de la UE, este sello y los trámites burocráticos relacionados con él ya no serán necesarios al presentar documentos públicos expedidos en un país de la UE a las autoridades de otro país de la Unión. De acuerdo con las nuevas normas, en muchos casos a los ciudadanos ya no se les pedirá que presenten una traducción jurada u oficial de los documentos. Al mismo tiempo, el Reglamento prevé salvaguardias sólidas para evitar fraudes.
Las nuevas normas ponen fin a una serie de procedimientos burocráticos:
- Los documentos públicos (por ejemplo, certificados de nacimiento, matrimonio o antecedentes penales) emitidos en un país de la UE han de ser aceptados como auténticos por las autoridades de otro Estado miembro sin necesidad de llevar un sello de autenticación.
- El Reglamento suprime también la obligación de los ciudadanos de facilitar siempre una copia compulsada o una traducción jurada de los documentos públicos. Los ciudadanos podrán solicitar un impreso estándar multilingüe, disponible en todas las lenguas de la UE, para su presentación como ayuda a la traducción adjunta a los documentos públicos, a fin de evitar los requisitos de traducción.
- El Reglamento establece salvaguardias contra el fraude: si la autoridad receptora tiene dudas fundadas sobre la autenticidad de un documento público, podrá comprobar esa autenticidad ante la autoridad de expedición en el otro país de la UE a través de la actual plataforma informática, el Sistema de Información del Mercado Interior (IMI).
El Reglamento solo regula la autenticidad de los documentos públicos, por lo que los Estados miembros seguirán aplicando sus normas nacionales sobre el reconocimiento del contenido y los efectos de los documentos expedidos en otro país de la Unión.
Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-19-1148_es.htm