30 enero 2018

Paquete de Infracciones de enero de 2018: Justicia, Acceso al Abogado y Responsabilidad del Estado miembro

La Comisión Europea ha emitido un dictamen motivado dirigido a Austria, Bulgaria, España y Luxemburgo por no transponer las normas de la UE en relación con la orden europea de investigación en materia penal (Directiva 2014/41/UE) a su legislación nacional. Esta Directiva, que se basa en el reconocimiento mutuo, exige a los Estados miembros que reconozcan y ejecuten la solicitud de pruebas presentada por otro Estado miembro de la misma manera y bajo las mismas circunstancias que si la medida de investigación hubiera sido ordenada por una autoridad nacional. De esta manera, la lucha contra la delincuencia y el terrorismo es mucho más rápida y eficaz a nivel europeo. Los Estados miembros tenían como plazo hasta el 22 de mayo de 2017 para incorporar a sus legislaciones nacionales las normas de la UE relativas a la orden europea de investigación. La Comisión envió una carta de emplazamiento a estos Estados miembros en julio de 2017. Si los Estados miembros en cuestión no actúan en el plazo de dos meses, el asunto podría remitirse al TJUE.

 

La Comisión Europea también ha emitido un dictamen motivado en el que instaba a Bulgaria a facilitar información sobre la manera en que la Directiva sobre el derecho a la asistencia de letrado en los procesos penales (Directiva 2013/48/UE) se está incorporando a su legislación nacional. En la UE, toda persona sospechosa de un delito tiene el derecho fundamental a un juicio imparcial y a defensa. La Directiva sobre el derecho a la asistencia de letrado contribuye a garantizar este derecho fundamental. Esta Directiva debía incorporarse al ordenamiento jurídico nacional el 27 de noviembre de 2016 a más tardar. La Comisión había enviado una carta de emplazamiento a Bulgaria en enero de 2017. Bulgaria aún no ha notificado a la Comisión ninguna norma nacional que trasponga este acto legislativo de la UE. Por consiguiente, ha decidido enviar un dictamen motivado a Bulgaria. Bulgaria tiene dos meses para actuar; de no hacerlo, el asunto podría llevarse ante el TJUE.

 

Finalmente, la Comisión Europea ha decidido enviar un dictamen motivado a España debido a que las normas vigentes parecen incumplir los principios de equivalencia y/o de efectividad. Las actuales disposiciones nacionales sobre el régimen jurídico y sobre los procedimientos administrativos comunes para el sector público limitan la autonomía procesal y material de los Estados miembros en relación con las condiciones que rigen las indemnizaciones por daños causados por actos legislativos. La legislación española ha establecido condiciones menos favorables en lo relativo a la responsabilidad por una infracción de la legislación de la UE que por la responsabilidad debida a una infracción de la Constitución española. Además, contiene condiciones de procedimiento que no son acordes con la jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia de la UE. Las disposiciones nacionales en cuestión hacen que sea excesivamente difícil comprometer la responsabilidad del Estado por una infracción de la legislación de la UE, lo que tiene una repercusión negativa en la efectividad del Derecho de la UE. La Comisión incoó un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a las autoridades españolas en junio de 2017. España dispone de dos meses para responder a los argumentos planteados por la Comisión; de lo contrario, la Comisión podría tomar la decisión de llevar el asunto ante el TJUE.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-18-349_es.htm

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