04 noviembre 2020

Paquete de procedimientos de infracción correspondiente al mes de octubre: principales decisiones que afectan a España

La Comisión Europea ha decidido enviar un dictamen motivado en el que recuerda a España que debería haber incorporado al Derecho nacional, a más tardar el 31 de diciembre de 2019, la Directiva contra la elusión fiscal relativa a las asimetrías híbridas [Directiva (UE) 2017/952 del Consejo por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164, conocida como «DEF 2»]. El objetivo de dicha Directiva es garantizar que las empresas multinacionales no puedan reducir artificialmente su obligación de pagar el impuesto sobre sociedades aprovechando las diferencias entre los sistemas fiscales de los Estados miembros y los de terceros países (las llamadas «asimetrías híbridas»). Si España no actúa en los próximos dos meses, la Comisión podría remitir el asunto al Tribunal de Justicia y pedirle que imponga sanciones por no haber incorporado la Directiva a su legislación nacional a su debido tiempo.

Además, la Comisión Europea pide a España que adapte su ordenamiento jurídico interno a fin de ajustarlo plenamente a la legislación de la Unión sobre evaluación del impacto ambiental. De acuerdo con la Directiva relativa a la evaluación del impacto ambiental o Directiva EIA (Directiva 2014/52/UE), los Estados miembros deben adoptar medidas para garantizar que, antes de concederse la autorización, los proyectos que puedan tener efectos significativos en el medio ambiente debido a, entre otras cosas, su naturaleza, dimensiones o localización, se sometan al requisito de autorización de su desarrollo y a una evaluación con respecto a sus efectos en el medio ambiente. Sin embargo, la ley española por la que se transpone la Directiva EIA contempla determinados «criterios de exclusión» que eximen a los proyectos pertenecientes a algunas categorías de proyecto de someterse a una evaluación de impacto ambiental únicamente por la envergadura de los proyectos. El Pacto Verde Europeo subraya la importancia de que Europa siga avanzando hacia la consecución de sus objetivos medioambientales. Habida cuenta de que la gobernanza ambiental desempeña un papel clave a la hora de facilitar un funcionamiento correcto de las distintas normas sectoriales en materia de medio ambiente y la consecución de sus objetivos, la Comisión ha decidido enviar una carta de emplazamiento adicional a España, que tiene ahora dos meses para responder a la carta; de no hacerlo, la Comisión podría optar por emitir un dictamen motivado.

Asimismo, la CE pide a España que incorpore correctamente en su legislación nacional todos los requisitos de la Directiva (UE) 2016/2284, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos (Directiva TNE). Esta Directiva contribuye a alcanzar niveles de calidad del aire que no den lugar a riesgos y efectos negativos significativos en la salud humana y el medio ambiente. En particular, establece compromisos nacionales de reducción de emisiones para los Estados miembros en relación con cinco importantes contaminantes atmosféricos. Todos estos contaminantes atmosféricos entrañan importantes efectos negativos para la salud humana, como problemas respiratorios, enfermedades cardiovasculares y cáncer, y dañan los ecosistemas. El objetivo del Pacto Verde Europeo es orientar a la UE hacia un objetivo cero en materia de contaminación, que beneficia a la salud pública, al medio ambiente y a la neutralidad climática. España no ha transpuesto correctamente al ordenamiento jurídico nacional el requisito de la Directiva de llevar a cabo consultas transfronterizas, en caso necesario, al elaborar, adoptar y aplicar el programa nacional de lucha contra la contaminación atmosférica. España prevé la evaluación de los impactos en los Estados miembros vecinos, pero no indica específicamente la posibilidad de llevar a cabo consultas transfronterizas. Por los motivos mencionados, la Comisión ha decidido enviar una carta de emplazamiento a España. España tiene ahora dos meses para responder; de no hacerlo, la Comisión podría optar por emitir un dictamen motivado.

Por último, la Comisión Europea insta a España a cumplir plenamente la sentencia emitida por el TJUE el 2 de abril de 2020 en el asunto (C384/19). Aunque España ya ha ejecutado la sentencia por lo que se refiere a la demarcación hidrográfica de La Gomera, todavía no ha establecido, terminado, publicado y notificado los planes de gestión del riesgo de inundación que debía presentar el 22 de diciembre de 2015 a más tardar, correspondientes a las demarcaciones hidrográficas de Gran Canaria, Fuerteventura; Lanzarote; Tenerife; La Palma; y El Hierro. contemplados en el artículo 7, apartados 1 y 5, y el artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2007/60/CE relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación. España espera disponer de estos planes entre noviembre de 2020 y marzo de 2021. El Pacto Verde Europeo subraya la importancia de que Europa siga avanzando hacia la consecución de sus objetivos medioambientales. Habida cuenta de que la gobernanza ambiental desempeña un papel clave para el funcionamiento correcto de las distintas normas sectoriales en materia de medio ambiente y la consecución de sus objetivos, la Comisión ha decidido enviar a España una carta de emplazamiento de conformidad con el artículo 260, apartado 1, del TFUE. Las autoridades españolas disponen ahora de dos meses para responder a las preocupaciones expresadas por la Comisión; de no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al TJUE.

Fuente: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/inf_20_1687

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