01 marzo 2016
Paquete de procedimientos por incumplimiento: decisiones contra España
La Comisión Europea ha publicado el paquete de infracciones de los Estados miembros respecto a la normativa europea, correspondiente al mes de febrero. En el caso de España se han incoado dos dictámenes motivados:
Eficiencia energética: la Comisión pide a ESPAÑA que cumpla la Directiva sobre la eficiencia energética de los edificios
La Comisión ha pedido a España, a través de un dictamen motivado, que cumpla plenamente todos los requisitos de la Directiva 2010/31/UE, relativa a la eficiencia energética de los edificios. En virtud de esta Directiva, los Estados miembros deben establecer y aplicar unos requisitos mínimos de eficiencia energética para los edificios nuevos o existentes, garantizar la certificación de la eficiencia energética de los edificios y exigir la inspección periódica de las instalaciones de calefacción y aire acondicionado. Además, la Directiva exige a los Estados miembros que garanticen que todos los edificios nuevos sean, a partir de 2021, «de consumo de energía casi nulo» (a partir de 2019, en el caso de los edificios públicos). Un examen detallado de la legislación nacional por la que se transpone la Directiva ha puesto de manifiesto algunas deficiencias en relación con la definición de «edificios de consumo de energía casi nulo», sus normas y su aplicación en el tiempo. Por otra parte, la Comisión considera que las exenciones de los requisitos de la Directiva que introduce la legislación nacional va más allá de lo previsto por la Directiva. España tiene ahora dos meses para notificar a la Comisión las medidas adoptadas para corregir esta situación, tras lo cual la Comisión puede llevarla ante el TJUE. Puede obtenerse más información acerca de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios en el sitio web de la DG Energía.
Transporte por carretera: la Comisión pide a ESPAÑA que cumpla las normas de la UE sobre el acceso a la profesión de transportista por carretera
La Comisión envía un dictamen motivado a España por no cumplir los requisitos del Reglamento (CE) n.º 1071/2009 sobre los requisitos que deben cumplir las empresas para operar en el mercado del transporte por carretera. Uno de los criterios requeridos es que las empresas dispongan de uno o más vehículos matriculados en el Estado miembro de establecimiento. La normativa española, por el contrario, obliga a las empresas a disponer de, al menos, tres vehículos. La Comisión considera que este requisito es desproporcionado y puede ser discriminatorio contra los pequeños transportistas, que muy a menudo solo tienen un vehículo y quedan así excluidos del mercado del transporte por carretera. España tiene dos meses para responder; de no hacerlo, la Comisión puede llevarla ante el TJUE.
Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-16-319_es.htm?locale=FR