26 abril 2016
Pliego de cargos a Google sobre el sistema operativo y las aplicaciones de Android
La Comisión Europea ha comunicado a Google su opinión preliminar de que la empresa, infringiendo las normas antitrust de la UE, ha abusado de su posición dominante al imponer restricciones a los fabricantes de dispositivos Android y a los operadores de redes móviles.
La Comisión considera, de manera preliminar, que Google ha aplicado una estrategia en relación con los dispositivos móviles para mantener y reforzar su posición dominante en la búsqueda general en internet. En primer lugar, las prácticas suponen que Google Search sea preinstalado y seleccionado como servicio de búsqueda por defecto o exclusivo en la mayoría de los dispositivos Android vendidos en Europa. En segundo lugar, las prácticas parecen bloquear el acceso al mercado de los motores de búsqueda competidores mediante navegadores móviles y sistemas operativos competidores. Además, también parecen perjudicar a los consumidores al suprimir la competencia y restringir la innovación en el espacio móvil más en general.
Las reservas de la Comisión se resumen en un pliego de cargos contra Google y su sociedad matriz, Alphabet. El envío de un pliego de cargos no prejuzga el resultado de la investigación.
Los teléfonos inteligentes y las tabletas representan más de la mitad del tráfico global de internet y se prevé que el porcentaje sea aún más alto en el futuro. Alrededor del 80 % de los dispositivos móviles inteligentes en Europa y en el mundo funcionan con Android, el sistema operativo móvil desarrollado por Google. Google concede licencias de su sistema operativo Android a fabricantes terceros de dispositivos móviles.
En abril de 2015, la Comisión incoó un procedimiento en relación con la conducta de Google con respecto a las aplicaciones y el sistema operativo Android. En esta fase, la Comisión considera que Google tiene una posición dominante en los mercados de servicios de búsqueda general en internet, sistemas operativos con licencia para móviles inteligentes y tiendas de aplicaciones para el sistema operativo móvil Android. Google posee por lo general una cuota de mercado superior al 90 % en cada uno de esos mercados en el Espacio Económico Europeo (EEE).
En el pliego de cargos actual, la Comisión alega que Google ha infringido las normas antitrust de la UE:
- al exigir a los fabricantes que preinstalen Google Search y el navegador Chrome de Google y obligarles a que seleccionen en sus dispositivos Google Search como servicio de búsqueda por defecto como condición para concederles licencias de determinadas aplicaciones exclusivas de Google;
- al impedir que los fabricantes vendan dispositivos móviles inteligentes que funcionen con sistemas operativos competidores basados en el código fuente abierto Android;
- al conceder incentivos financieros a los fabricantes y operadores de redes móviles con la condición de que preinstalen exclusivamente Google Search en sus dispositivos.
La Comisión considera que estas prácticas comerciales pueden conducir a una mayor consolidación de la posición dominante de Google Search en los servicios de búsqueda general en internet. A la Comisión también le preocupa que estas prácticas afecten a la capacidad de los navegadores para móviles rivales para competir con Google Chrome y que obstaculicen el desarrollo de sistemas operativos basados en el código fuente abierto Android y las oportunidades que ofrecerían para el desarrollo de nuevas aplicaciones y servicios.
La Comisión considera, de manera preliminar, que esta conducta perjudica en última instancia a los consumidores, ya que no se les ofrece toda la capacidad de elección posible e impide la innovación.
Un pliego de cargos es un trámite formal en las investigaciones de la Comisión sobre supuestas infracciones de las normas antitrust de la UE. La Comisión informa por escrito a las partes afectadas de las objeciones formuladas contra ellas. Los destinatarios pueden examinar los documentos en el expediente de investigación de la Comisión, responder por escrito y solicitar una audiencia para presentar sus observaciones sobre el asunto ante los representantes de la Comisión y de las autoridades nacionales de competencia. El envío de un pliego de cargos no prejuzga el resultado de la investigación, ya que la Comisión adopta la decisión definitiva solo después de que las partes hayan ejercido sus derechos de defensa.
No hay plazo legal para que la Comisión complete sus investigaciones en materia antitrust sobre un comportamiento contrario a la competencia. La duración de una investigación de este tipo depende de una serie de factores, tales como la complejidad del asunto, el grado en que la empresa afectada coopere con la Comisión y el ejercicio de los derechos de defensa.
Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-1492_es.htm