29 marzo 2022

Primera sentencia que obliga al FOGASA a indemnizar a una empleada doméstica

Un juzgado de Barcelona ha dictado la primera sentencia que reconoce el derecho de una empleada de hogar a cobrar una indemnización del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) después de que su empleadora se declarara en situación de insolvencia total.

Este fallo aplica la nueva doctrina de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que considera discriminatoria y contraria al Derecho de la Unión la exclusión de este colectivo de la prestación por desempleo.

“Las trabajadoras del hogar han sufrido y sufren una situación de discriminación sostenida y sistémica que no puede encontrar justificación ni en que su empleador está exento de ánimo de lucro ni en la circunstancia de que su prestación laboral se desarrolle en un ámbito privado e inviolable como es el hogar familiar”, afirma Natxo Parra, abogado del Colectivo Ronda, que ha hecho posible esta sentencia.

El despido de la trabajadora en 2016 fue considerado improcedente, pero la empleadora nunca pagó la indemnización, cuenta el abogado que denuncia que “privar a este colectivo de los derechos y acción protectora del Estado que se les reconocen a la mayoría de trabajadores y trabajadoras adscritos al Régimen General de la Seguridad Social no hace más que acentuar su vulnerabilidad”.

Una valoración compartida por la magistrada del Juzgado de lo Social nº 32, que señala que“no se explica por qué, después de esta integración -del Régimen Especial de Trabajadoras del Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social-, siguen existiendo estas dos exclusiones singulares de protección para el colectivo: el del paro y el del FOGASA”.

El abogado asegura que “es necesario ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que establece los principios del trabajo decente para los trabajadores domésticos”, para reconocer otros derechos laborales básicos, explica el abogado, quien denuncia que actualmente “se les limita el importe máximo de la prestación de jubilación al margen de cuál haya sido su verdadera cotización y su relación laboral se extingue mediante la figura del desistimiento, que no requiere causa ni justificación”.

Por tanto, no pueden ser los juzgados los responsables de paliar esta situación. A su juicio, esa labor corresponde al legislador. “Es injusto que solo puedan tener acceso al desempleo aquellas trabajadoras que decidan poner una demanda judicial”.

Contra el dictamen cabe recurso. El FOGASA ya ha anunciado que va a recurrir. El pronunciamiento del TSJ de Cataluña será fundamental para sentar jurisprudencia.

El Gobierno ha anunciado este martes 29 de marzo que “con carácter casi inmediato” va a ratificar el convenio 189 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) sobre las trabajadoras domésticas, ya que los trámites para ellos se “han culminado”.

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, ha enmarcado esta medida dentro del plan de choque del Ejecutivo de medidas económicas y sociales tras el inicio de la guerra en Ucrania y en la que, según ha señalado, se incorporan iniciativas que mejoran la situación de los colectivos más vulnerables, entre los que se encuentran las mujeres.

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