16 noviembre 2021

Procedimiento de infracción a España por no adaptar las normas europeas sobre retenciones fiscales

La Comisión Europea, en su paquete de infracciones del mes de octubre, recoge la decisión de incoar un procedimiento de infracción contra España, pidiéndole que adapte sus normas sobre las retenciones fiscales en origen sobre los pagos de cánones percibidos por contribuyentes no residentes (artículo 56 del TFUE).

La normativa española establece que la retención fiscal en origen se aplica al importe bruto de los ingresos, sin posibilidad de deducir los gastos directamente relacionados. Si bien la jurisprudencia del TJUE permite a un Estado miembro aplicar una retención a cuenta sobre los pagos transfronterizos de cánones, incluso si no aplica retenciones a cuenta sobre pagos puramente nacionales, debe permitir la deducción de los gastos directamente relacionados al determinar el impuesto adeudado.

España dispone de dos meses para responder a las alegaciones presentadas por la Comisión, que podría optar por enviar un dictamen motivado una vez transcurrido este plazo.

Fuente: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/inf_21_5342

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