23 febrero 2021

Protección de datos: puesta en marcha del procedimiento sobre los flujos de datos personales al Reino Unido

Protección de datos

La Comisión Europea ha puesto en marcha el procedimiento para la adopción de dos decisiones de adecuación para las transferencias de datos personales al Reino Unido, una, al amparo del Reglamento general de protección de datos (RGPD) y otra para la Directiva sobre protección de datos en el ámbito penal. La publicación de los proyectos de decisión marca el inicio del procedimiento para su adopción. Esto supone la obtención de un dictamen del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) y la aprobación de un comité compuesto por representantes de los Estados miembros de la UE. Una vez finalizado este procedimiento, la Comisión podrá adoptar las dos decisiones de adecuación.

En los últimos meses, la Comisión ha evaluado detenidamente la legislación y la práctica del Reino Unido en materia de protección de datos personales, incluidas las normas sobre el acceso por parte de las autoridades públicas. Ha concluido que el Reino Unido dispone de un nivel de protección esencialmente equivalente al garantizado en virtud del Reglamento general de protección de datos (RGPD) y, por primera vez, de la Directiva sobre protección de datos en el ámbito penal.

En comparación con otros países no pertenecientes a la UE en los que la convergencia se desarrolla a través del proceso de adecuación entre sistemas a menudo divergentes, el Derecho de la UE ha conformado el régimen de protección de datos del Reino Unido durante decenios. Al mismo tiempo, es esencial que las conclusiones sobre la adecuación sean aplicables en el futuro, dado que el Reino Unido dejará de estar sujeto a las normas de privacidad de la UE. Por lo tanto, una vez adoptados estos proyectos, las decisiones serán válidas durante un primer período de cuatro años. Transcurridos cuatro años, será posible renovar las conclusiones sobre la adecuación si el nivel de protección en el Reino Unido sigue siendo adecuado.

Hasta entonces, los flujos de datos entre el Espacio Económico Europeo y el Reino Unido continúan y siguen siendo seguros gracias a un régimen provisional condicional previsto en el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido. Este período provisional vence el 30 de junio de 2021.

Tras tener en cuenta los dictámenes del Comité Europeo de Protección de Datos, la Comisión Europea solicitará la luz verde de los representantes de los Estados miembros mediante el denominado procedimiento de comitología. A continuación, la Comisión podrá adoptar las decisiones definitivas de adecuación para el Reino Unido.

Fuente: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_21_661

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