02 junio 2020

Reactivación judicial: Medidas de protección sanitaria en el despacho y relación con los clientes

El abogado no tiene restringida la libertad de deambulación para acudir a su despacho profesional durante el estado de alarma.

Puede ir a trabajar al despacho en cualquier momento. Sin embargo, las abogadas y los abogados deben adoptar en su despacho medidas de protección en el caso de tener contacto con terceros, bien sean compañeros, bien sean clientes en este periodo de reactivación judicial.

SEGURIDAD SANITARIA

Resulta aconsejable disponer de geles de desinfección y el uso de mascarilla y guantes en las reuniones que se mantengan, siempre manteniendo una distancia de seguridad de dos metros. Se recomienda igualmente una desinfección diaria de las zonas comunes del despacho . En los grandes despachos o despachos colectivos habrá que aplicar los protocolos de prevención de riesgos laborales correspondientes.

Una elemental norma de prudencia aconseja que, en la medida de lo posible, sean limitadas y se de preferencia a la comunicación telefónica o telemática. Dado que los ciudadanos, en virtud del Estado de Alarma, tienen restringido su movimiento, se aconseja, de resultar imprescindible una visita presencial por tenerse que realizar alguna actuación extrajudicial o judicial urgente, que pueda ser acreditada documentalmente, esto es, que el letrado facilite al cliente un documento de convocatoria que justifique la visita.

Los clientes deberán acudir provistos de sus propios medios de protección, mascarilla y guantes, y su propio bolígrafo. Si el abogado considera que no se garantizan las necesarias condiciones de salud y seguridad, distancia y medios de protección personal, incluidas las personas detenidas, podrá negarse a prestar la asistencia a los clientes.

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