03 junio 2020

Reactivación judicial: ¿Puedo acudir como profesional de la abogacía a las sedes judiciales?

  • Los letrados podrán acceder a las sedes judiciales para intervenir en una actuación judicial
  • Deberán acreditarse con la documentación que justifique la realización de la misma
  • Aún así, se priorizará la atención vía telefónica o a través de correo electrónico

Tras la crisis del Covid-19 y el confinamiento que la Justicia, al igual que otros muchos sectores, ha experimentado con motivo de evitar la propagación del virus, una de las dudas principales acerca de la reactivación judicial es si los abogados y las abogadas podrán acceder a las sedes judiciales para intervenir en actuaciones oficiales.

La respuesta es sí, siempre y cuando se acredite en el control de acceso la documentación necesaria para justificar la realización de dicha actuación judicial.

Los profesionales de la abogacía podrán realizar gestiones presenciales en las secretarías de los Juzgados, accediendo a los edificios judiciales en el ejercicio de sus funciones profesionales, aunque se recomienda, en la medida de lo posible, limitar el acceso a aquellas actuaciones que necesariamente tengan que realizarse en sede judicial.

De esta manera, la atención se dispensará de formar prioritaria – y en la medida de lo posible- por vía telefónica o a través de correo electrónico, habilitado a tal efecto en la web del Ministerio de Justicia, en el apartado llamado Direcciones y Teléfonos.

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