03 octubre 2024

Reconocen el derecho de un preso en tercer grado a recibir la prestación por desempleo por el trabajo realizado en la cárcel

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha reconocido el derecho de un preso en tercer grado a recibir la prestación por desempleo por el trabajo realizado durante su estancia en prisión.

Esta decisión revoca una sentencia anterior del Juzgado de lo Social número 3 de Bilbao, que rechazaba la solicitud del recluso, en línea con el criterio del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

El preso había solicitado la prestación por desempleo tras acceder al tercer grado penitenciario, argumentando que durante su condena había trabajado para la Agencia Vasca de Reinserción Social. Según Diego González, abogado del caso, el fallo “representa un avance en el reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas presas, quienes, como cualquier ciudadano, tienen derecho al trabajo y a la protección de la Seguridad Social”.

El SEPE había denegado la prestación, alegando que solo correspondía en casos de excarcelación definitiva o libertad condicional, pero no en situaciones de tercer grado. Sin embargo, el tribunal autonómico discrepó, citando el artículo 25 de la Constitución, que garantiza a los reclusos el derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social sin restricciones.

González destacó que esta sentencia promueve la reintegración social de las personas condenadas, especialmente de aquellas en régimen de semilibertad, y subrayó que “las penas privativas de libertad deben enfocarse en la reeducación y reinserción social, evitando castigos adicionales para quienes cumplen condena en tercer grado”.

Esta resolución aún no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Comparte: