08 junio 2022

Reconocen por primera vez la nacionalidad española a una niña nacida en el tránsito a España

La Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha reconocido, por primera vez, la nacionalidad española a una niña nacida en Marruecos, cuando su madre se dirigía a España. La menor -que llegó a nuestro país en patera en 2018- no estaba inscrita en ningún registro ni tenía ninguna nacionalidad.

La AP de Guipúzcoa desestima el recurso de la Abogacía del Estado contra el fallo del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Sebastián que dio la razón a la madre -de nacionalidad camerunesa y que reside de forma regular en España- y que instaba a reconocer la nacionalidad española de la niña y a inscribirla en el Registro.

“La niña existe, porque ha nacido, pero no tenía ningún papel”, resume José Alberto Navarro, abogado que ha llevado el caso. “Tiene derecho fundamentalmente a que alguien le diga que existe y tiene derecho a tener una nacionalidad”, como reconoce el Comité de los Derechos del Niño, explica.

Lo que hizo el juez de Primera Instancia -y ahora ratifica la AP de Guipúzcoa- fue decir que “tiene que reconocerse el derecho de inscribir a la niña y su derecho a ser española, porque es la única forma de garantizar sus derechos fundamentales”, señala Navarro. “Como esta niña está en España, España la tiene que proteger”, afirma.

Antes de judicializar el tema, se intentó registrar a la niña a través de la Embajada de Camerún en España, del embajador de Marruecos en España y el Registro Civil español. En los tres sitios se denegó la inscripción. La sentencia considera reconoce la nacionalidad española de origen, pues “consentir que la menor permanezca en el limbo de la apatridia, en situación de desigualdad con respecto a otros menores (…) supone desatender” el interés de la misma.

Al llegar a España la niña y su madre pasaron por el proyecto Ödos, un hogar de acogida en Córdoba para mujeres subsaharianas.  Su asesora legal, Cristina Manzanedo, valora muy positivamente la sentencia “porque visibiliza una circunstancia muy poco conocida, el problema de registro y nacionalidad de los menores nacidos en los tránsitos migratorios”. No obstante, y aunque se trata de una sentencia “muy protectora para la infancia, no es una solución extensible a todos los casos”.

Ahora, juristas y responsables en políticas de acogida humanitaria y de infancia deben debatir sobre cómo incluir en la legislación las nuevas dinámicas sociales, para que se reconozcan estos derechos sin tener que recorrer este camino judicial.

Manzanedo reclama que desde el Derecho se dé una solución a estos menores, “que son una minoría de los que llegan, pero muy vulnerables”, explica. En 2021, según la memoria de la Fiscalía General del Estado, llegaron a España 986 menores acompañados de personas adultas, en su mayoría mujeres, que decían ser sus progenitoras. Ödos, entre abril de 2018 y diciembre de 2021 ha recibido 141 mujeres acompañadas de menores, de las cuales un 10% decía que sus niños habían nacido en el tránsito migratorio.

La sentencia aún no es firme, ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

En octubre de 2021 un juez de Córdoba ordenó inscribir en el Registro Civil a la hija de una inmigrante irregular que nació en Argelia y llegó a España sin estar registrada en ningún país, en un auto pionero. Ahora la AP de Guipúzcoa da un paso al reconocer la nacionalidad.

SENTENCIA DE LA AP DE GUIPÚZCOA

Comparte: