20 junio 2017
Sanciones penales aplicables al abuso de mercado
La Comisión Europea ha solicitado a España, dentro del paquete de infracciones correspondientes al mes de junio, que aplique la legislación de la UE sobre las normas penales en relación con el abuso de mercado (Directiva 2014/57/UE). Junto con el Reglamento sobre abuso de mercado, estas normas garantizan que los mercados financieros europeos son eficientes, transparentes y fiables, y contribuyen a la realización de la Unión de Mercados de Capitales.
La Directiva otorga a las autoridades mayores poderes para actuar contra los delincuentes que manipulan la información o hacen un uso abusivo de esta. Los Estados miembros tienen que garantizar que tales comportamientos, incluida la manipulación de los índices de referencia, constituyen una infracción penal, punible con sanciones efectivas en toda Europa.
Esta Directiva debía incorporarse al ordenamiento jurídico nacional el 3 de julio de 2016 a más tardar. España no ha notificado aún sus normas nacionales de aplicación de esta legislación de la UE a la Comisión. Como consecuencia de ello, la Comisión insta oficialmente a las autoridades españolas a tomar medidas. Si las autoridades españolas no toman medidas en el plazo de dos meses, el asunto puede remitirse al TJUE.
Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-17-1577_es.htm