05 julio 2023

Termina la dispensa del uso de la toga en los juzgados

Togas y salas

También se suspenden medidas como la celebración telemática de actos procesales o las limitaciones en el acceso a las salas de vistas

Las togas vuelven a ser obligatorias en los juzgados desde hoy miércoles 5 de julio, después de que el Gobierno declarara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia y el fin de las medidas extraordinarias adoptadas para combatirla.

La dispensa de la utilización de togas se estableció en el artículo 17 de la Ley 3/2020 de 18 de septiembre de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.

En principio se decretó hasta el 20 de junio de 2021 pero, a petición del Consejo General de la Abogacía, esa exención se extendió hasta que desaparecieran todas las restricciones impuestas como consecuencia de la pandemia.

El acuerdo para declarar el fin de la situación de crisis sanitaria causada por la Covid-19 se tomó el 4 de julio en el Consejo de Ministros y se ha publicó el miércoles 5 de julio en el BOE. En el ámbito de la Administración de Justicia, dicho acuerdo supone también la suspensión de medidas tales como celebración telemática de actos procesales, limitaciones en el acceso a las salas de vistas o el establecimiento de formas no presenciales de atención al público, entre otras.

El Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy 6 de julio trasladar a los órganos gubernativos del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia que deberán abstenerse de adoptar las medidas organizativas y tecnológicas previstas en la ley para hacer frente a la crisis sanitaria causada por el COVID-19, así como dejar sin efecto las que se encuentren vigentes en este momento.

 

 

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