26 octubre 2021
Un año asesorando a mujeres españolas víctimas de violencia de género en el extranjero
Se cumple el primer aniversario del convenio entre la Fundación Abogacía Española con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para ofrecer asesoría legal a mujeres españolas víctimas de violencia de género en el extranjero que desean volver a España.
Hasta la fecha han sido atendidas nueve mujeres, varias con hijos y todas en situaciones muy complejas, que querían regresar a España tras haber sido víctimas de violencia de género. La Fundación Abogacía les puso en contacto con abogados que resolvieron sus dudas legales y les ayudaron a solicitar asistencia jurídica gratuita al llegar a España.
Las mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos menores de edad en el extranjero se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad. Habitualmente no cuentan con apoyo familiar en el lugar donde residen, muy a menudo dependen económicamente de su agresor o según el país donde se encuentren, los recursos de que disponen localmente para salir de la violencia no son suficientes o no responden a la totalidad de sus necesidades.
Tal como ha afirmado la coordinadora para la Violencia contra la Mujer en el Exterior de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, Tada Bastida, se han dado ocasiones en las que “intentan poner una denuncia y muchas veces no les hacen caso o las discriminan por ser extranjeras”. Por ello el acompañamiento y el asesoramiento jurídico son de vital importancia.
En lo que va de 2021, cerca de 200 mujeres españolas han solicitado asistencia en las Oficinas Consulares de España tras haber sido víctimas de violencia de género. En 2020 se atendieron 260 nuevos casos de violencia contra la mujeres. Los casos más complejos son los que el apoyo jurídico es fundamental, ya que en ocasiones las parejas tienen hijos menores cuyo traslado internacional suscita abundantes consultas legales, pues si este se realiza sin observar la normativa internacional vigente, el progenitor que lo lleva a cabo el traslado puede incurrir en un delito de sustracción internacional de menores.