12 febrero 2019

Unión de los Mercados de Capitales: acuerdo sobre medidas para mejorar el mercado de fondos de inversión de la UE

La Comisión Europea ha acogido con satisfacción el acuerdo político alcanzado por el Parlamento Europeo y los Estados miembros de la UE en torno a una serie de nuevas normas que permitirán a los gestores de activos de la UE vender fondos con mayor facilidad y rapidez y menores costes a una gama más amplia de inversores. A su vez, los inversores de toda la UE tendrán acceso a un catálogo mucho más amplio de productos de fondos en condiciones más ventajosas.

Los fondos de inversión son un importante instrumento para canalizar el ahorro privado hacia la economía y aumentar las posibilidades de financiación de las empresas. El mercado de los fondos de inversión de la UE asciende a un total de 14,3 billones de euros. Sin embargo, este mercado no ha alcanzado aún su pleno potencial. El 70 % de todos los activos gestionados está en manos de fondos de inversión que solo están autorizados o registrados para distribuir sus productos en su mercado nacional. Solo el 37 % de los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) y alrededor del 3 % de los fondos de inversión alternativos (FIA) están actualmente registrados para su distribución en más de tres Estados miembros. Ello se debe en parte a los obstáculos reglamentarios que impiden actualmente la distribución transfronteriza de fondos de inversión.

El acuerdo eliminará algunas de estas trabas para todo tipo de fondos de inversión, haciendo que la distribución transfronteriza sea más transparente, al tiempo que abolirá requisitos excesivamente complejos y gravosos y armonizará normas nacionales divergentes. La intensificación de la competencia permitirá a los inversores contar con mayores posibilidades de elección y en condiciones más ventajosas, preservando, no obstante, un elevado nivel de protección de los inversores.

Más concretamente, merced a los principales cambios introducidos por las nuevas normas: 

  • Los gestores de fondos de inversión alternativos de la UE podrán comprobar con mayor facilidad el interés existente entre los inversores profesionales potenciales de nuevos mercados (lo que se denomina «precomercialización»), lo que les ayudará a tomar decisiones comerciales más informadas antes de entrar en un nuevo mercado.
  • Se clarificarán las obligaciones de servicio al cliente que recaen sobre los gestores de activos en el Estado miembro de acogida, lo que garantizará, en principio, que los inversores tengan acceso a un nivel elevado y uniforme de servicio al cliente en toda la UE, sin imponer a los gestores de activos el coste de mantener una presencia física o disponer de locales en todos los mercados de acogida.
  • Se armonizarán los procedimientos y condiciones de salida de un mercado nacional por parte de los gestores de fondos de inversión colectiva, cuando decidan poner fin a la oferta o colocación de sus fondos (procedimiento de notificación del cese).
  • Se fomentará una mayor transparencia y se creará un punto de acceso en línea único a la información sobre las normas nacionales relativas a los requisitos de comercialización y las comisiones aplicables. Los gestores que deseen expandir sus actividades transfronterizas podrán así ahorrarse los costes de asesoramiento jurídico sobre las normas nacionales.

Este acuerdo político irá seguido de trabajos técnicos complementarios antes de que el Parlamento Europeo y el Consejo puedan adoptar formalmente los textos finales.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-19-861_es.htm

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