15 marzo 2022
Valdecañas, un antes y un después en derecho ambiental
La sentencia del Tribunal Supremo sobre la Marina Isla de Valdecañas (Cáceres), marcará “un antes y un después” en derecho ambiental. Y que sea compleja de ejecutar no significa que sea imposible, en opinión de expertos en la materia.
“Se trata de un caso paradigmático que va a suponer un ahora y un después con respecto a las excusas que las administraciones pueden dar a la hora de ejecutar las sentencias de restablecimiento de la legalidad y de restauración del medio ambiente afectado”, asegura el abogado Eduardo Salazar.
El 8 de febrero, la Sala III del Tribunal Supremo estimó el recurso de Ecologistas en Acción-CODA contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y acordó la demolición de la totalidad de la urbanización.
“Lo que hace el Supremo es decir que complejidad no es igual a imposibilidad” explica Salazar. Es decir, que el derribo de todo el complejo sea costoso y complejo -como alegan el TSJ de Extremadura y la Junta de Extremadura- no significa que sea imposible. “Lo que está claro que el Supremo superpone los intereses de protección ambiental y ordenación del territorio a otros intereses que a nivel popular o social pueden jugar un papel”, añade.
La pregunta ahora es si se llegará a cumplir el fallo del alto tribunal. “Yo creo que sí va a tener que ejecutarse y va a tener que demolerse toda la urbanización”, afirma tajante Salazar, que cree que “el Supremo ha eliminado cualquier excusa que pudiera argumentar la administración y el TSJ de Extremadura para no ejecutar completamente la sentencia”.
Para el abogado José Manuel Marraco, la sentencia es clara: “Dice que hay reponer los terrenos a su situación anterior y restaurar la legalidad urbanística. Hágase”. Aunque para ello, “hay que tener voluntad y medios de llevarlo a cabo”, subraya.
Marraco destaca también que lo importante de esta sentencia es que “rompe una tendencia a los hechos consumados” por la que, en algunos casos y conociendo la lentitud de la justicia, se cometían ilegalidades sabiendo que, al entrar terceros de buena fe, iba a ser más difícil revertir la situación.
El pronunciamiento del Supremo confirma que la urbanización tiene efectos negativos sobre el medio ambiente, en contra de lo que defendía el TSJ de Extremadura (TSJEX) “Cualquier urbanización en un espacio Red Natura 2000, que es suelo no urbanizable de especial protección, causa un impacto porque disminuye la superficie de protección”, explica Salazar.
Respecto al tiempo que tardará en ejecutarse la sentencia, Salazar no se atreve a pronunciarse y recuerda dos casos con un final diferente: el hotel de El Algarrobico (Almería), que también se declaró ilegal tras muchos años de batalla judicial y muchas sentencias, y que todavía sigue en pie; y el caso del Alto del Cuco (Cantabria), cuya demolición llegó cinco años después de la sentencia del TS.
“Cuesta mucho que se cumplan este tipo de sentencias”, reconoce Salazar, porque este tipo de complejos tienen un claro respaldo político y mucho apoyo popular, por lo que ordenar su demolición es una “decisión muy impopular desde el punto de vista político y nadie quiere iniciarla”.
El de Valdecañas -como muchos procesos medioambientales- ha sido largo. Y, como en otros casos, las medidas cautelares han brillado por su ausencia. “Han sido 14 años de recursos. Y si se hubiera otorgado la medida cautelar que pidieron las organizaciones de defensa de la naturaleza no tendríamos ahora este problema”, lamenta Salazar. “La suspensión cautelar hubiera costado mucho menos que los 140 millones que, como mínimo, tiene que pagar ahora la Junta de Extremadura”, apunta. Al coste de la demolición, se une también el de la indemnización a los terceros de buena fe -promotores y compradores- que hicieron una inversión a partir de la apariencia de legalidad del proyecto. El TS cifra esta cantidad en más de 140 millones de euros.
Por ello Marraco reclama una Justicia ambiental “más preventiva” y que se dote de más medios a la administración de Justicia, tanto en general como en materia medioambiental, por ejemplo, para que haya peritos ambientales que asistan a los jueces.
Los terrenos en los que está construida la urbanización Marina Isla de Valdecañas están dentro de la Red Natura 2000 de la UE, una red ecológica de áreas de conservación de la biodiversidad. Además, estaban en una Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA). Para poder construir allí, la Junta de Extremadura aprobó el Proyecto de Interés Regional (PIR) Marina Isla de Valdecañas y recalificó los terrenos como urbanizables. Ecologistas en Acción y AEDENEX recurrieron esta decisión y el TSJ de Extremadura les dio la razón en 2011, anulando el proyecto y ordenando la reposición de los terrenos a la situación anterior. En 2014, el TS confirmó la sentencia del TSJEX de 2011. Pero posteriormente, el TSJEX ordenó demoler solo la parte del complejo que estaba a medio construir. Ecologistas en Acción volvió a recurrir y así llegamos a la reciente sentencia del TS.
RECURSO DE LOS PROPIETARIOS
Los propietarios de las viviendas han presentado esta semana un incidente de nulidad ante el Tribunal Supremo. Son varias las cuestiones que alegan. Entre ellas, la posible constitución irregular de la sala del Supremo que ha dictado la sentencia, porque han formado parte dos magistrados que deberían haberse abstenido. Y la extralimitación en las competencias del Alto Tribunal, ya que la forma de ejecutar la sentencia corresponde al órgano de primera instancia. “Son defectos que entendemos que son vicios que tiene la sentencia y que deben dar lugar a la nulidad de la misma”, resume el Luis Díaz-Ambrona Bardají, abogado de un aparte de los afectados.
Si el Supremo desestima este incidente de nulidad, el siguiente paso será acudir al Tribunal Constitucional en recurso de amparo, por violación de derechos fundamentales, fundamentalmente el derecho a la tutela judicial efectiva. Y tampoco descartan, llegado el caso, acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.