29 noviembre 2013

Arbitraje comercial: el rol del Centro de Arbitraje de México

Los tribunales judiciales no siempre resuelven las controversias con celeridad, confidencialidad y especialización, debido, entre otras causas, a la saturación de asuntos sometidos ante éstos.

Por ello, el arbitraje es una importante alternativa frente al procedimiento judicial, aceptada y reconocida por el derecho mexicano y por el derecho internacional, de carácter consensual, expedita, eficiente y confidencial, al cual los particulares pueden acudir a un tercer particular, independiente e imparcial, para dirimir sus controversias ya sea aplicando reglas ad hoc, o haciendo referencia a un reglamento previamente redactado por una institución, lo que se conoce como arbitraje administrado.

La ley de arbitraje mexicana contempla expresamente la existencia de instituciones encargadas de administrar procedimientos arbitrales y establece las condiciones para la aplicación de las reglas de arbitraje que ofrecen estas instituciones.

El Centro de Arbitraje de México (CAM) es una institución especializada en la administración de procedimientos arbitrales privados que, desde hace más de quince años, ha brindado servicios de solución de controversias de alta calidad de manera ágil y eficiente en beneficio del sector empresarial tanto a nivel nacional como internacional, logrando un reconocimiento como una institución seria, profesional, sólida y comprometida y, representando en México y en la región de América Latina, una alternativa de arbitraje administrado.

Como parte de su misión, el CAM ha llevado a cabo sólidas acciones tendientes a crear las condiciones para que el sector empresarial conozca, utilice y se beneficie de las ventajas del arbitraje comercial administrado bajo sus auspicios. Ejemplificando lo anterior, el CAM, desde su creación y hasta la fecha, ha celebrado importantes convenios y alianzas estratégicas con diversas instituciones del ámbito público y privado a nivel nacional e internacional.

Es importante señalar que el CAM no resuelve directamente las controversias que le son planteadas (como tampoco lo hace institución administradora alguna), sino que propicia las condiciones óptimas para la adecuada actuación del árbitro o árbitros designados y asiste directamente a las partes durante el procedimiento.

El funcionamiento del CAM está confiado a un Consejo General y a una Secretaría. El primero, encargado de vigilar el desarrollo del procedimiento arbitral y promover la calidad de los laudos, se encuentra integrado por los señores licenciados Carlos de Silva y Nava, quien preside, Guillermo Aguilar-Alvarez, Ulises Schmill Ordóñez, Luis Alberto Aziz Checa, Luis Carlos Felipe Dávalos Mejía, Enrique Calvo Nicolau, Eduardo Magallón Gómez y Gonzalo Vargas Ateca. A su vez, la Secretaría está encargada del día a día de la administración de los procedimientos en los términos de las propias Reglas. Por su parte, la Secretaría está integrada por las Licenciadas Myriam Rosales Jiménez y Carolina Castellanos López, quien desde finales de 2004 funge como Secretario General.

Uno de los distintivos del Arbitraje CAM (www.camex.com.mx/), es la elaboración por parte de los árbitros de un documento denominado Acta de Misión. Dicho documento resume el conflicto y establece los puntos en controversia, lo cual brinda mayor seguridad a las partes y, junto con el Calendario Procesal, es uno de los lineamientos para conducir el procedimiento y resolver la controversia.

Aunado a lo anterior, otra de las ventajas que ofrece el procedimiento administrado por el CAM es la revisión del Laudo. El Consejo General revisa los Laudos en cuanto a su forma, cuidando la calidad de los mismos y aumentando la probabilidad de que sean ejecutados sin contratiempos por el Poder Judicial, en caso de no haber cumplimiento voluntario. Cabe señalar que al día de hoy, ningún Laudo derivado de un arbitraje CAM ha sido anulado.

Para recurrir al arbitraje administrado por el CAM, las partes requieren de una cláusula arbitral incluida en sus contratos o de un compromiso arbitral cuando haya surgido la controversia, para lo cual el CAM ofrece asesoría en caso de así requerirlo.

La Cláusula Modelo CAM es la siguiente:

“Todas las desavenencias que deriven de este contrato serán resueltas definitivamente de acuerdo con las Reglas de Arbitraje del Centro de Arbitraje de México (CAM), por uno o más árbitros nombrados conforme a dichas Reglas. La sede del arbitraje será_____, el derecho sustantivo aplicable el derecho _____ y el idioma _____.“

Al incluir la Cláusula Modelo CAM en los contratos, es recomendable especificar también el lugar del arbitraje, el idioma del procedimiento y el derecho aplicable al fondo de la controversia. No obstante, las Reglas de Arbitraje del CAM contemplan la forma de suplir la falta de acuerdo entre las partes sobre estos aspectos de la siguiente manera: (i) a falta de acuerdo de las partes con respecto al lugar del arbitraje, el Secretario General del CAM fijará la sede del mismo (artículo 20); (ii) a falta de acuerdo respecto del idioma del procedimiento y del derecho aplicable al fondo, el Tribunal Arbitral los determinará (artículos 22 y 23, respectivamente).

En este orden de ideas, acudir a una institución administradora de procedimientos arbitrales como el CAM ofrece diversas ventajas como: (i) ofrecer a las partes una redacción correcta de cláusula arbitral o de compromiso arbitral; (ii) reglas de procedimiento arbitral probadas internacionalmente y redactadas por expertos; (iii) acceso a árbitros calificados y reconocidos con diferentes lugares de residencia, nacionalidades, especialidades y conocimiento de diferentes idiomas; (iv) vigilar la independencia e imparcialidad de los árbitros; (v) limitar la intervención judicial, pues a diferencia de un arbitraje ad hoc, las Reglas de Arbitraje del CAM contemplan diversos supuestos que disminuyen el apoyo judicial durante el procedimiento, evitando con ello que la rapidez y confidencialidad del procedimiento se vean afectadas.

Finalmente, desde su creación, el CAM se ha distinguido como un primer referente en términos de capacitación en arbitraje comercial siendo ésta una de sus prioridades, toda vez que parte del éxito del arbitraje radica en contar con abogados expertos en la materia y árbitros formados para desempeñar la difícil tarea de resolver controversias. En esa medida, el CAM ha sido un importante promotor y capacitador del arbitraje en México, caracterizándose por su interacción con los abogados, estudiantes, empresarios y miembros del Poder Judicial.

Carolina Castellanos López, Secretaria General y Directora General del Centro de Arbitraje de México (CAM)

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