14 diciembre 2023
Entendiendo los gastos extraordinarios en la Abogacía de Familia
Por Paloma Abad Tejerina, abogada especializada en Derecho de Familia, Infancia, Sucesiones y Capacidad.
En el ámbito de la abogacía familiar, la gestión y cobro de los gastos extraordinarios representa un desafío legal y práctico significativo.
Definición y Clasificación
Los gastos extraordinarios se distinguen de los ordinarios en su naturaleza y frecuencia, motivo por el cual la casuística y diferente solución en las resoluciones judiciales es inmensa, pues lo que para una familia es un gasto ordinario ( ejemplo universidad privada) para otra será un gasto extraordinario.
Los gastos extraordinarios se clasificarían en urgentes, necesarios y suntuarios. Los gastos urgentes surgen de imprevistos que requieren acción inmediata, debiendo sufragarse por el progenitor con el que se encuentre el hij@ en el momento de producirse la urgencia, y tendrá que ser abonado por el otro en la proporción acordada o establecida en la resolución judicial ( vg: intervención médica urgentísima: puntos a un menor derivados de un accidente en una montaña) , los gastos necesarios son esenciales pero no urgentes, por lo que no requieren consentimiento para su establecimiento pero si para el desarrollo y cuantía del gasto a realizar ( vg: tratamiento de psicológico prescrito medicamente) y finalmente los gastos suntuarios se relacionan con el lujo o comodidades no esenciales, por lo que requieren consentimiento de ambos progenitores tanto para su establecimiento como para su desarrollo y cuantificación.( vg: estudios en el extranjero)
Consentimiento y Ejecución
El consentimiento es crucial en la gestión de estos gastos. La falta de acuerdo entre las partes puede llevar a disputas legales. En casos de desacuerdo, el procedimiento judicial de JV ( art. 156 CC ) determina la necesidad del gasto, el desarrollo del mismo, e incluso puede llegar a variar la participación en el mismo. No olvidando que dicho procedimiento puede ir encaminado tanto al establecimiento como a su finalización. El procedimiento legal establecerá cómo se deben ejecutar los gastos, respetando los derechos de todas las partes involucradas.
Aspectos Legales y Procedimientos
Los gastos extraordinarios, tienen que estar determinados con carácter previo a su ejecución, existiendo un procedimiento y normativa especifica a tal fin ( art. 776 LEC) estándo sujetos a plazos prescripción que difieren de unas comunidades autónomas a otras, por lo que sugiero revisar esos plazos dependiendo de la localidad donde se han de ejecutar, y los abogados debemos estar familiarizados con el procedimiento y los plazos para asesorar adecuadamente a nuestros clientes.
Conclusión y Recomendaciones
La correcta gestión y comprensión de los gastos extraordinarios es vital en la práctica de la abogacía familiar. Se recomienda en los convenios establecer de forma clara, detallada y concreta los conceptos de los diferentes tipos de gastos en función de la familia, y exponer de forma clara, razonada y concreta los tipos de gastos para la familia que se defiende en un proceso contencioso, pues solo así iremos creando entre los abogados la necesidad de que los juzgadores implementen la concreción y con ello la previsibilidad en cada unidad familiar, evitando contenciosos que solo perjudican la economía familiar y colapsan la actividad judicial, haciéndola lenta e ineficaz.
Referencias y Enlaces de Interés
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Y como Bibliografía:
Ejecución de los gastos extraordinarios: cuestiones más habituales…. Sepin
Pensión Alimenticia ¿ Gastos Ordinarios o Extraordinarios ? ( Guías Paso a Paso) Colex
Gastos Extraordinarios . Libros Azules de Francisco Javier Perez Martin
Como Jurisprudencia : Base del Cendoj : https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp
Y otros Link De Interés :
1º.-https://somosamafi.es/
2º.-º.-https://jurisprudenciaderechofamilia.wordpress.com/