25 junio 2021

Entra en vigor la nueva Ley de Infancia y Adolescencia: protección integral frente a la violencia

Por Susanna Antequera, abogada de Derecho de Familia y Penal del Colegio de la Abogacía de Barcelona.

La norma determina medidas de protección, detección precoz, asistencia, reintegración de derechos vulnerados y reparación de la víctima propiciando, a la vez, a la colaboración con las comunidades autónomas desplegando un total de 61 artículos analizando seguidamente los cambios más importantes.

Una de las principales novedades es la ampliación de la prescripción de los delitos graves, entre ellos los de abusos sexuales, no empezando a contar hasta que la víctima cumpla 35 años, por tanto un plazo considerado suficiente para romper el silencio.

Por otro lado, la disposición final primera 6 establece como obligatoria la prueba preconstituida para menores de 14 años y con discapacidad realizando una única narración de los hechos en la fase de instrucción, ya que en la actualidad, les obliga a repetir hasta cuatro veces lo vivido, suponiéndoles un daño emocional importante.

Otra novedad relevante: blindar su derecho a ser escuchados sin límite de edad, pudiendo ser restringido cuando sea contrario a su interés superior. Cabe recordar que, en ocasiones, se judicializan en demasía a los menores y por este motivo, la ley insiste que se debe garantizar que sean escuchados por profesionales especializados y en espacios adaptados.

Una cuestión que ha generado controversia y continuada polémica: la utilización del SAP (Síndrome de Alienación Parental), concepto no avalado por organizaciones científicas inclusive el propio Consejo General del Poder Judicial solicita y reclama a los magistrados que no lo usen.

No obstante, en el art. 25 de la ley niega el SAP y determina que los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado SAP puedan ser tomados en consideración.

Otro aspecto relevante es -indica el art. 33- la formación y especialización de las autoridades judiciales y fiscales, contando con la creación de unidades policiales especializadas así como la designación de un coordinador de bienestar y protección en los centros escolares y de menores tutelados.

En consonancia con ello, el art. 14 establece la obligación de denuncia por la ciudadanía ante cualquier indicio de violencia hacia la infancia.

No lejos de cierta polémica y quizá la más que probable indefensión de las familias ante la administración, es el art. 39 que concede la categoría del personal de servicios sociales facultados para decidir la retirada de un menor en situación de desamparo de su entorno familiar, inclusive sin autorización judicial y con intervención policial.

Por último y derivado de la Convención sobre los Derechos del Niño, la disposición final segunda 3 acciona la legitimización activa del menor para denunciar directamente sin presencia de adultos precedido de informar adecuadamente sobre la relevancia de su declaración en todo proceso judicial o administrativo.

Hechos relevantes como el trato cruel e inhumano que sufren madres de hijos asesinados como la del pequeño Gabriel Cruz, asesinado en el año 2018, por las publicaciones en redes sociales de imágenes de su hijo como publicidad y gancho para acceder a páginas de violencia ha dado lugar también a reforzar el derecho al honor, intimidad y la imagen del menor que deberá contar con la expresa autorización de progenitores o herederos.

En definitiva, una ley pionera esperada con un total de 61 artículos con el único objetivo de proteger a la infancia y adolescencia frente a la violencia, pero su cometido se desvanecerá en el tiempo si el Gobierno no remite a las Cortes, de forma urgente y sin más excusas, un proyecto de ley para crear juzgados capacitados en violencia contra la infancia y adolescencia configurando a la vez una jurisdicción especializada en infancia, familia y capacidad. Y es que, una ley no aplicada por falta de herramientas adecuadas es peor que la ausencia de ley.

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