07 febrero 2014
La ilegalidad de las expulsiones de inmigrantes “en caliente”
Que miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado estaban expulsando por una puerta de atrás de la frontera “en caliente” a extranjeros que conseguían llegar hasta Melilla era un hecho que habían denunciado ya diferentes colectivos de apoyo a inmigrantes.
Además de numerosos testimonios de subsaharianos, existía un archivo de audio en el que miembros de la Guardia civil hablaban de unas “rondas” de recogida de inmigrantes. Ahora un vídeo publicado por la ONG melillense Prodein muestra como la Guardia Civil lleva de vuelta a la verja, concretamente a la puerta número A 13, a los inmigrantes que previamente han detenido en la ciudad autónoma. Las expulsiones se suelen realizar de noche, sin previo aviso, incumpliendo así la Ley de Extranjería, que estipula que serán conducidos “con la mayor brevedad posible a la correspondiente comisaría […], para que pueda procederse a su identificación y, en su caso, a su devolución”.
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha admitido que puede haber casos “esporádicos” de expulsiones de este tipo.
A juicio de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía, estas actuaciones llevadas a cabo por parte de miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado, cuyo cometido es precisamente hacer cumplir la Ley, vulneran la legalidad vigente y pudieran incluso llegar a ser calificadas como delictivas.
Con este manifiesto incumplimiento de la legalidad las consecuencias son múltiples y todas graves:
– Se incumplen las garantías formales de derechos humanos básicos.
– Y, por la vía de la ausencia de esas garantías formales, se comete el atropello jurídico de denegar el derecho de asilo y de entrada por razones humanitarias a seres humanos titulares por nuestra Constitución de esos derechos fundamentales. Por un juicio porcentual elemental sólo podemos concluir que esos guardias civiles que devolvieron a un grupo de personas, entregaron a alguno de ellos a una persecución injusta, a una suerte personal incierta, y a una situación desesperada, cometieron un acto de lesa humanidad.
– Se aplica el viejo vicio de tomar la justicia por la mano de quien no puede ni debe ser juez y parte.
– Se impide el ejercicio de cualquier derecho de defensa ante una actuación violenta contra seres vulnerables, despertando con ello la violencia que, según denuncia el Ministro del Interior, se ejerce contra los agentes, generando así un irresponsable círculo vicioso de incierto futuro.
– Se da un trato de mercancía animal a seres humanos, injustificable desde la óptica de que éstos estén incumpliendo o no leyes que no cabe defender sino con la propia Ley.
No basta con un reconocimiento menor de que se produzca esporádicamente esta actuación, como no basta la promesa de investigar. La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía exige del Ministerio del Interior el compromiso firme de que el Estado de Derecho no ampara ni por activa ni por pasiva esta actuación de las Fuerzas de Seguridad y de que llevarán a cabo las acciones procedentes a fin de depurar las responsabilidades de cualquier tipo en que hayan podido incurrir los agentes de la autoridad responsables de tan graves hechos atentatorios contra los derechos humanos.