30 marzo 2021

Los colegios en el nuevo Estatuto de la Abogacía: garantes de la calidad, pilares de la transformación

Lourdes Carballo

Decana del Colexio de Avogados de Vigo

Una silenciosa pero intensa corriente de optimismo recorre la abogacía tras conocerse la aprobación del nuevo Estatuto General de nuestra profesión. Nuestro trabajo y función social salen reforzadas con una nueva regulación más acorde con los tiempos actuales y las necesidades y demandas de la sociedad del futuro.

Con este nuevo paraguas normativo que supone el Estatuto se consolida nuestro papel como elemento fundamental en el proceso de tutela y defensa de derechos y, de una manera especial, el de las instituciones colegiales, que nacen de la voluntad colectiva de atribuir a la abogacía la gestión del ejercicio y su ordenación, así como sus relaciones con la Administración de Justicia. Se materializa, en definitiva, el merecido reconocimiento a la labor realizada por los Colegiales durante siglos, en los que han podido demostrar la capacidad de la abogacía para autogobernarse, con el nivel de responsabilidad y exigencia propio del ejercicio de una profesión concebida para servir a la ciudadanía.

El afianzamiento del rol de colegios y consejos en la ordenación de la profesión y en el cumplimiento de las condiciones para su ejercicio, en aras a garantizar no solo la calidad del servicio sino el marco de libertad e independencia en que debe ser prestado, se plasma en la consolidación de funciones como la de la representación exclusiva de la abogacía y la aplicación de nuestro Código Deontológico, mediante la atribución a los colegios de la competencia para la resolución de las quejas presentadas por transgresión de los principios que nos hemos dado, y la ejecución, en su caso, de la sanción que corresponda.
Es en los colegios donde garantizamos que ningún ciudadano quede desamparado a la hora de hacer frente a problemas de índole legal por el mero hecho de carecer de recursos, y es en también en ellos, y en los consejos, en donde nos organizamos para dotarnos de una formación – accesible- absolutamente imprescindible para poder desempeñar un trabajo que exige una continua actualización de conocimientos y, ahora, el manejo e incluso dominio de medios técnicos en permanente evolución.
Es, además, en el seno de los colegios y consejos, donde quienes ejercemos la abogacía debatimos sobre nuestras obligaciones para con los clientes y con el conjunto de la sociedad, y también sobre nuestros derechos e intereses, procurando el cumplimiento de los primeros y la protección de los segundos, sin cuya garantía no quedarían suficientemente protegidos los derechos e intereses de la sociedad, a la que servimos.

Salen fortalecidas las instituciones colegiales en el nuevo Estatuto, porque más allá de consolidar sus fines y funciones, se convierten en garantes de la calidad que nosotros mismos nos exigimos como profesionales. La implantación de servicios de atención a consumidores y a la ciudadanía suponen un nuevo y fantástico reto que la abogacía afronta con valentía y confianza, con la convicción de que satisfaremos las expectativas depositadas en nuestra profesión, como hasta ahora hemos hecho, y de que estos nuevos instrumentos servirán para ofrecer más visibilidad a lo que hacemos.
No se nos escapa que la puesta en marcha de estos nuevos servicios supondrá para muchos colegios la realización de un esfuerzo añadido al que ya se asume ahora con la ejecución de las muchas tareas que ya tienen encomendadas, pero será asumido con la misma audacia e ilusión con la que, en el ejercicio de nuestra profesión, aceptamos en nuestros despachos encargos que constituyen auténticos retos, afrontándolos sin escatimar esfuerzos, comprometidos, como estamos, con una actividad llamada a la consecución de la justicia, fin último del ejercicio de la abogacía, pilar del bienestar social.
No quisiera dejar de soslayar la importante novedad que supone la introducción de las Cartas de Calidad. El Estatuto encomienda a los colegios el fomento de “un elevado nivel de calidad de los servicios prestados por sus colegiados, así como su contante mejora”. Les corresponde, por tanto, sembrar y difundir la cultura de la calidad; extender entre colegiados y colegiadas el deseo (y no la mera obligación) de la búsqueda constante de la mejora, con el consiguiente crecimiento del valor de su despacho, y del valor conjunto de la profesión. Se abre a los colegios la opción de promover sistemas de evaluación externos, para ayudarnos a saber cómo se nos percibe desde fuera, a través de la mirada de organismos independientes, de forma que podamos medir objetivamente el grado de satisfacción de nuestros y nuestras clientes, incluso comparándolo con el de otros servicios tan necesarios y útiles para la sociedad como el nuestro.

La misma atención merece el tratamiento de la transparencia en el nuevo Estatuto, que junto con el principio de gestión democrática, constituye uno de los ejes sobre el que deben pivotar todas las actuaciones que en el cumplimiento de sus fines y funciones han de desarrollar los colegios, y que debemos consolidar como parte de nuestra cultura corporativa. Utilizo el término consolidar y no introducir porque ya son mayoría los colegios y consejos que procuran un constante y cada vez más profundo ejercicio de transparencia en todas las actividades que se realizan en beneficio de sus colegiados y colegiadas, y al servicio de la ciudadanía. Es, a mi modesto juicio, la concreción de los elementos que el estatuto cita como de obligado cumplimiento en materia de rendición de cuentas, no un objetivo a conseguir o la meta a la que llegar, sino un punto de partida en la ruta a emprender y la brújula que nos marcará el rumbo a seguir. Los colegios gestionamos servicios de transcendencia para colegiados y colegiadas, pero también para la sociedad. Ambos destinatarios son acreedores de la mayor transparencia posible, y los colegios deudores de la mayor autoexigencia en el cumplimiento de tal obligación.

Finalmente, especial mención ha de hacerse a la relevancia que el estatuto otorga a los colegios y consejos como resortes del cambio. Las instituciones colegiales deben reforzar su papel como agentes activos del cambio, y no limitarse a mantener una posición reactiva. En pocos lugares se toma el pulso y mide la temperatura de las necesidades de la sociedad tan directamente como en los despachos de quienes ejercemos la abogacía, y es nuestra misión , por profesión y vocación, ir más allá de proporcionar puntual respuesta a cada demanda planteada, procurando, con la fuerza que representa la unión de todos y todas las profesionales que integran la abogacía española, respuestas globales y ambiciosas, la puesta en marcha nuevos proyectos y, en definitiva, avanzar colocándonos a la vanguardia del cambio, defendiendo la posición de la abogacía y reclamando los derechos de los ciudadanos.

Siempre, pero ahora especialmente, es buen momento para que los colegios, coordinados en una acción común, utilicen el poder de los instrumentos con que cuentan y la fuerza de los miles de abogados y abogadas que a través del ejercicio diario de la defensa ante tribunales participan en el engranaje legislativo, ya no solo para anticiparnos a lo que está por venir, sino incluso para provocarlo.

Debe ser la abogacía, desde cada despacho y principalmente desde sus instituciones, la principal actora de la transformación social que camina con paso firme en la evolución de un estado que debemos reconocer, y preservar, de Derecho.

Comparte: