15 marzo 2015
Ticio y Cayo. Sobre la integración real de inmigrantes y su captación por redes terroristas
Ante la captación en redes religiosas integristas musulmanas de descendientes de inmigrantes residentes en España: ¿no será que en las sociedades del primer mundo, en ocasiones como la que se describe en las líneas que siguen, no se les ofrece otra salida?
Que el extremismo religioso integrista musulmán constituye en la actualidad un fenómeno preocupante es casi una obviedad.
Y resulta un hecho notorio que entre los que se acercan a las doctrinas intransigentes y totalitarias predicadas y practicadas por los miembros de los movimientos religiosos integristas se encuentran descendientes de inmigrantes (en segunda y tercera generación) que, aun siendo muchos de ellos españoles, ya de origen ya por adquisición, no se sienten miembros de la sociedad española, a pesar de que en muchos casos toda su trayectoria vital se haya desarrollado en España.
Muchas son las teorías a las que se acude para intentar explicar este paradójico fenómeno, pero ninguna de ellas ofrece respuesta a la contradicción que supone que personas que viven y se encuentran en el primer mundo, disfrutando de las posibilidades que ello debía comportar y a las que nacionales de los estados que habitan en el tercer mundo ansían acceder, se acerquen a doctrinas que niegan todo aquello que conforma las sociedades del primer mundo.
Tal vez si abandonamos el plano teórico y descendemos a la práctica cotidiana de muchos barrios de ciudades españolas, es posible que alcancemos a aproximarnos a la razón de por qué se produce la captación de personas para integrar organizaciones religiosas extremistas terroristas.
Vayamos a un supuesto real: esposos nacionales de Marruecos padres de un menor de un año de edad, también marroquí, que arriban en situación irregular a España en el año 1982. Con ocasión de una de las regularizaciones extraordinarias al amparo de la Ley de Extranjería, ambos esposos legalizan su situación y obtienen autorizaciones de residencia y pasan a desarrollar trabajos no cualificados, pero con cuya remuneración logran un aceptable pasar. Además, tienen otros tres hijos, que nacen en territorio español en los años 1983, 1984 y 1988 que, como el primero de los vástagos, son, por ius sanguini, de nacionalidad marroquí.
Los cuatro hijos son debidamente escolarizados, con diferente aprovechamiento, y todos ellos son titulares de autorizaciones de residencia por derecho derivado de las autorizaciones de sus progenitores. El padre fallece en España en el año 2005. La madre y los hermanos nacidos en 1984 y 1988 adquieren la nacionalidad española por residencia y, aunque los hermanos nacidos en 1981 y 1983 –llamémosles, aunque no sea muy marroquí, Ticio y Cayo (que son nombres de uso habitual entre los estudiosos/estudiantes del Derecho Romano)- también solicitaron la nacionalidad española por residencia, les fue denegada por la tenencia de antecedentes policiales y penales. Estos antecedentes, aunque dimanantes de conductas de escasa entidad típica, vetaron la posibilidad de adquisición de la nacionalidad española con la consecuencia, además, al alcanzar la mayoría de edad, de la pérdida de las autorizaciones de residencia permanente de las que eran titulares por la tenencia de esos antecedentes, por los que también les habían sido incoados expedientes sancionadores a la normativa de extranjería finalizados con la imposición de la sanción de expulsión.
Desde 1999, el hijo nacido en 1981 y desde el año 2001 el nacido en 1983, son mayores de edad, pero sin autorización de residencia ni de trabajo y sin posibilidad de acceder a ella en un tiempo breve, sin que, en consecuencia, puedan acceder al mercado regular de trabajo. Además están sujetos a una resolución de expulsión del territorio nacional.
La situación de Ticio y Cayo en la actualidad es digna de una obra de Kafka: tiene la nacionalidad marroquí aunque toda su trayectoria vital se ha desarrollado en territorio español, sin ninguna relación con Marruecos; toda su familia directa, constituida por su madre y dos hermanos, ha adquirido la nacionalidad española y residen en España; están sujetos a resolución de expulsión, de difícil ejecución por la concurrencia de las circunstancias personales de arraigo que tienen y, finalmente, carecen de posibilidad alguna inmediata de acceder al mercado regular de trabajo por no ser titulares de autorización de residencia y trabajo.
En la situación descrita en el párrafo anterior, ¿puede afirmarse que, aun encontrándose en el territorio de uno de los estados que lo conforman, Ticio y Cayo participan de las “bondades” del primer mundo?
Y si no disfrutan Ticio y Cayo de las “bondades” del primer mundo, pues no se les da posibilidad de formar parte de él, ¿es de extrañar que se acerquen a posicionamientos religiosos extremistas en respuesta a la situación en la que se encuentran?
Hipólito-Vte. Granero Sánchez
Abogado ICA Valencia