01 abril 2014
La Abogacía rechaza el proyecto de Ley de Justicia Gratuita por su perjuicio a ciudadanos y abogados adscritos al Turno de Oficio
- Rueda de prensa de la vicepresidenta 1ª de la Abogacía Española y decana del Colegio de Abogados de Madrid, Sonia Gumpert, el vicepresidente 2º y decano de Barcelona, Oriol Rusca, y el presidente de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita y vicepresidente del Consejo General de la Abogacía Española, Francisco Javier Lara
La vicepresidenta 1ª del Consejo General de la Abogacía Española y decana del Colegio de Abogados de Madrid, Sonia Gumpert, el vicepresidente 2º y decano de Barcelona, Oriol Rusca, y el presidente de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita del Consejo y vicepresidente de la Abogacía, Francisco Javier Lara, han mostrado durante una rueda de prensa su rechazo al proyecto de Ley de Justicia Gratuita, que se tramita actualmente en el Congreso de los Diputados.
ENMIENDAS DE LA ABOGACÍA AL PROYECTO DE LEY
POSTURA DE LA ABOGACÍA ANTE EL PROYECTO DE LEY
Gumpert, Rusca y Lara han informado sobre las graves consecuencias que la aprobación del actual proyecto de Ley de Justicia Gratuita tendrá para los ciudadanos y los abogados adscritos al Turno de Oficio. Se está ultimando el Plan de Acción que el Consejo General de la Abogacía Española y los Colegios de Abogados realizarán sobre este asunto.
El presidente de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, Francisco Javier Lara, ha destacado que la Justicia Gratuita “es un servicio de calidad, basado en el contacto personal, la cercanía y la proximidad del abogado con el ciudadano. Este principio se romperá con la aprobación del proyecto de Ley, produciéndose una merma en la calidad del servicio. Debe continuar siendo un servicio público esencial con cargo a los presupuestos generales del Estado”.
Lara ha recordado que con el proyecto de Ley, el Servicio de Orientación Jurídica dejará de ser gratuito para el ciudadano, a quien se le devolverá el importe cobrado sólo si obtiene el beneficio de Justicia Gratuita.
PERJUICIOS AL CIUDADANO
Gumpert, Rusca y Lara han destacado que los nuevos importes establecidos por el proyecto de Ley para el acceso a la Justicia Gratuita son engañosos. Perjudican a las unidades familiares con una sola persona ya que antes de la reforma se requería un umbral de 14.910 euros anuales, mientras que ahora se reduce a 12.780 euros. Para unidades familiares de dos a cuatro miembros la subida del umbral es de apenas 80 euros mensuales.
El proyecto de Ley no resuelve los problemas reales de los ciudadanos, sino que perjudica la actual prestación de este servicio público para un colectivo vulnerable que necesita atención inmediata y cercana. Además quiebra el criterio general de capacidad económica del solicitante con derecho a Justicia Gratuita al extender este derecho a algunos colectivos y personas jurídicas (empresas), al margen de sus recursos económicos. En un contexto de recortes generalizados, ampliar este reconocimiento puede dar lugar a situaciones injustas y discriminatorias entre personas y colectivos y abocar a graves situaciones de viabilidad económica del Servicio de Justicia Gratuita.
TERRITORIALIDAD Y MÁS BUROCRACIA
El suprimir la obligación de residencia o establecimiento del abogado del Turno de Oficio en el lugar de asistencia al beneficiario de Justicia Gratuita imposibilita la atención inmediata y cercana a los ciudadanos, según la Abogacía. Será de imposible materialización el cumplimiento del plazo de asistencia letrada en tres horas cuando un abogado de Cádiz pueda atender a un ciudadano en Santander, especialmente en la asistencia a detenidos en dependencias policiales o en juzgado, teniéndose que abrir un nuevo período de tres horas, mientras el detenido espera la atención letrada. Esta medida dificultará además enormemente el control deontológico de los Colegios de Abogados al tener que sancionar las conductas negligentes de letrados que no están adscritos a su demarcación territorial.
Se burocratiza en exceso la Justicia Gratuita generando costes innecesarios al requerir la ratificación del beneficiario y justificación del mantenimiento del derecho para presentar recursos, al prever la revisión periódica de la concesión del beneficio como mínimo cada cuatro años y al imponer a los abogados obligaciones informativas y de traslado de resoluciones, cuyo incumplimiento conlleva la imposición de sanciones desproporcionadas.
Por otro lado, el proyecto de ley prevé un mecanismo de ratificación por el beneficiario de Justicia Gratuita que vulnera el derecho de defensa que obliga al abogado a interponer acciones y recursos en beneficio de los intereses encomendados. Además, se complicará significativamente la gestión administrativa de los Colegios de Abogados al tener que tramitar un nuevo expediente transcurrido un año desde la concesión del derecho, incrementando la burocracia y los gastos administrativos. La norma en trámite parlamentario abre una posibilidad indeseada de dilaciones procesales.
GARANTÍA DEL COBRO POR EL ABOGADO Y FINANCIACIÓN PÚBLICA
El proyecto de Ley ni respeta ni dignifica el trabajo de los abogados del Turno de Oficio al no actualizar los baremos de retribución del servicio de acuerdo con la importante labor social que desempeñan ni garantiza el cobro de todas las actuaciones que lleve a cabo el letrado ni asegura el pago puntual por las diferentes Administraciones de Justicia.
La norma en tramitación supone una invasión de las competencias autonómicas con una pretensión centralizadora, que podría conllevar una rebaja del 30% de los módulos de pago del Turno de Oficio en comunidades autónomas con competencias en Justicia. Además, el proyecto prevé que los abogados asuman los costes de una defensa cuando el cobro sea improbable al encontrarse el cliente en paradero desconocido.
El texto aprobado por el Gobierno no garantiza la financiación pública suficiente para mantener el sistema de Justicia Gratuita y sigue vinculando las tasas judiciales a la Justicia Gratuita, cuando es un hecho notorio que lo recaudado no se ha destinado a un Servicio que garantiza la defensa de los derechos fundamentales. Las tasas judiciales han demostrado el fracaso de la recaudación y el triunfo de la disuasión, con una reducción de los asuntos judiciales que llega hasta el 40% en la jurisdicción contencioso-administrativa.
RECHAZO A LA SOSPECHA SOBRE EL CIUDADANO
Se establece una sospecha hacia los ciudadanos que soliciten tres veces año el beneficio de Justicia Gratuita, salvo en el orden penal, que serán investigados específicamente.
La presunción de abuso por los ciudadanos y el engaño en el umbral de acceso recogidos en el proyecto de Ley de Justicia Gratuita sumados a la Ley de Tasas Judiciales, los anteproyectos de Ley de Servicios y Colegios Profesionales y el de Seguridad Ciudadana añaden más dificultades para el acceso de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva y un recorte de sus derechos fundamentales.