Mediación
Fecha de elaboración de ficha: 28-02-2018
Fecha de revisión: 17-03-2021
Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles |
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RESUMEN DEL ACTO | La Unión Europea promueve activamente los métodos alternativos de solución de controversias (“ADR” en inglés, “MASC” en español), y en particular fomenta la mediación. El objetivo de la Directiva es la regulación de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, quedando excluidos asuntos fiscales, aduaneros o administrativos. La mediación no se ha desarrollado por igual en todos los Estados miembros. Algunos se han dotado de un sistema completo de legislación y normas procesales sobre la mediación, mientras que, en otros, los órganos legislativos han mostrado escaso interés en reglamentar estos procedimientos. Existen, por otra parte, ciertos Estados miembros que tienen una arraigada tradición de mediación, basada esencialmente en la autorregulación. La Directiva abarca los conflictos en los que al menos una de las partes está domiciliada en un Estado Miembro distinto del de las demás en la fecha en la que todas ellas convienen en acogerse a la mediación o en la fecha en que un órgano jurisdiccional ordena la mediación. El principal objetivo de este instrumento jurídico es promover el recurso a la mediación en los Estados Miembros. A tal fin, la Directiva establece cinco normas:
CCBE: Durante muchos años, los abogados de toda la Unión Europea han desarrollado habilidades de resolución de conflictos mediante capacitación y práctica, y un gran número de Colegios y Consejos han establecido su propio registro de mediadores (miembros del Colegio, con capacitación específica y seguro de indemnización profesional, etc.) junto con centros de mediación. Posicionamientos CCBE:
Enlaces de interés: |
ETAPAS ANTERIORES | El procedimiento legislativo seguido para la final adopción de la presente Directiva puede seguirse en el siguiente enlace: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/HIS/?uri=CELEX:32008L0052 Con una respuesta de 30 de marzo de 2011, CCBE respaldó la iniciativa de la Comisión de hacer correr la voz sobre los ADR en términos más generales entre los consumidores. Más específicamente, en su respuesta, el CCBE subrayó, entre otras cuestiones: La importancia de sensibilizar a los consumidores sobre los regímenes ADR nacionales existentes.
Tras evaluar las reacciones a la consulta, el 29 de noviembre de 2011, la Comisión presentó dos propuestas, que se materializaron en 2013:
En agosto de 2016 la Comisión Europea lanzó un informe al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo, en el que se examina la Directiva 2008/52. En concreto se analiza el objetivo y el contexto de la Directiva, así como las fuentes de información del propio informe. Además, desarrolla una evaluación tanto general como particular de la Directiva, y finaliza con unas breves conclusiones en las que expone que, tras haber evaluado el desarrollo y la aplicación de la misma, no es necesario por el momento revisar la Directiva, aunque su aplicación puede mejorarse. Los puntos de mejora son los siguientes:
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ESTADO ACTUAL | La Directiva entró en vigor veinte días después de su publicación en el DOUE el día 24 de mayo de 2018. El período de transposición dado por la Directiva finalizó el día 21 de mayo de 2011. La Directiva ha sido transpuesta en todos los países de la Unión Europea excepto por Dinamarca, que no participa en la adopción de la Directiva. En el siguiente enlace se puede consultar los instrumentos de transposición de los Estados miembros: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/NIM/?uri=CELEX:32008L0052 |
ACTORES PRINCIPALES |
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