Decisión del TEDH sobre las solicitudes de medidas provisionales en las demandas individuales relativas a las operaciones militares rusas en territorio ucraniano

El TEDH, teniendo en cuenta la acción militar rusa que se inició el 24 de febrero de 2022 y que se está llevando a cabo actualmente en varias partes del territorio de Ucrania, considera que esta situación supone un riesgo real y continuo de graves violaciones de los derechos de la población civil en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en particular los artículos 2 (derecho a la vida), 3 (prohibición de la tortura y de las penas o los tratos inhumanos o degradantes) y 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar). Con el fin de evitar tales violaciones, y viendo precedentes anteriores de medidas provisionales o cautelares, el TEDH ha decidido, en interés de las partes y del buen desarrollo del procedimiento, ordenar al gobierno de Rusia que se abstenga de cualquier ataque militar contra civiles y objetivos civiles, incluidos viviendas, vehículos de emergencia y otros edificios civiles que requieren una protección especial, como escuelas y hospitales, y que garantice la seguridad inmediata de las instalaciones médicas, el personal y los vehículos de emergencia en el territorio atacado o asediado por los soldados rusos. Se pide al gobierno ruso que informe al TEDH lo antes posible de las medidas adoptadas para garantizar el pleno cumplimiento del CEDH. Además, el TEDH informará inmediatamente al Comité de Ministros del Consejo de Europa de las mencionadas medidas provisionales, de conformidad con el artículo 39 de su Reglamento.

El TEDH ha recibido varias solicitudes de medidas cautelares de particulares contra el gobierno de Rusia, la mayoría de personas que se han refugiado en albergues, casas y otros edificios, que temen por su vida debido a los continuos bombardeos y disparos, y que no tienen acceso, o tienen un acceso limitado, a alimentos, atención sanitaria, agua, higiene, electricidad y otros servicios interconectados que salvan vidas, y que necesitan ayuda humanitaria o una evacuación segura.

Teniendo en cuenta el alcance general y la naturaleza de las citadas medidas provisionales, que ya fueron indicadas a Rusia el 1 de marzo de 2022, y teniendo en cuenta su práctica anterior, el Presidente del TEDH ha decidido que la presente medida cautelar, a la luz del artículo 39 del Reglamento del TEDH, está destinada a cubrir cualquier solicitud presentada por personas pertenecientes a la categoría de civiles antes mencionada que hayan aportado pruebas suficientes de que están expuestas a un riesgo grave e inminente de sufrir daños irreparables para su integridad física y/o su vida.

Con respecto a estas solicitudes, el TEDH ha decidido indicar al gobierno de Rusia, que, de conformidad con sus compromisos en virtud del CEDH, y en particular de los artículos 2, 3 y 8, debe garantizar el libre acceso de la población civil a corredores de evacuación seguros, a la atención médica, a los alimentos y a otros recursos esenciales, así como la entrega rápida y sin obstáculos de la ayuda humanitaria y de los trabajadores.

Las medidas a las que se refiere el artículo 39 del Reglamento del TEDH se adoptan en el curso del procedimiento ante el propio TEDH y no prejuzgan sus decisiones posteriores sobre la admisibilidad o la admisibilidad del asunto.  El TEDH sólo accede a solicitudes de medidas cautelares en casos excepcionales en los que los demandantes se enfrenten a un riesgo real de daño irreparable.

Enlace: hudoc.echr.coe.int

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