El TEDH condena a Hungría a indemnizar a una comunidad religiosa por haberle retirado la calidad de iglesia
El TEDH ha dictado Sentencia en el asunto Magyarországi Evangéliumi Testvérközösség c. Hungría (demanda nº 54977/12), mediante la que examina la cuestión de la satisfacción equitativa prevista en el artículo 41 CEDH.
El caso se refiere a una comunidad religiosa (Magyarországi Evangéliumi Testvérközösség) que operaba regularmente en Hungría como una Iglesia desde el año 1981 y que perdió la calidad de tal, a raíz de la aprobación de una nueva ley en 2012, por la cual todas las todas las comunidades religiosas perdieron su calidad de iglesia y los beneficios asociados a ella. Antes de la aprobación de esta nueva ley, que entró en vigor en enero de 2012, las comunidades religiosas que se registraban como iglesias en Hungría recibían fondos públicos.
Después de una decisión del Tribunal Constitucional húngaro, la solicitante, junto con otras comunidades religiosas, interpuso una demanda ante el TEDH contra la retirada de su calidad de iglesia, basándose en particular en el artículo 11 (libertad de reunión y de asociación) y en el artículo 9 (libertad de pensamiento, de conciencia y de religión) del CEDH.
El caso fue decidido sobre el fondo en 2014. El TEDH consideró que las autoridades no habían atendido su deber de neutralidad al eliminar sistemáticamente a las comunidades religiosas la calidad de Iglesia, y al no haber adoptado medidas menos drásticas. Posteriormente, en 2016, el TEDH falló parcialmente a favor de todas las comunidades religiosas que también eran solicitantes, excepto Magyarországi Evangéliumi Testvérközösség, puesto que esta última todavía mantenía negociaciones con el gobierno húngaro. En las fases siguientes del proceso ante el TEDH, Magyarországi Evangéliumi había reclamado la cantidad de 8.691.000 euros.
En su sentencia de fecha de 25 de abril de 2017, el TEDH ha decidido por unanimidad condenar a Hungría a satisfacer a la solicitante 3.000.000 euros. Esta cantidad incluye, en particular, la pérdida de las donaciones de los impuestos sobre beneficios, subsidios estatales y complementos salariales para el personal de la iglesia y la pérdida real de oportunidades como consecuencia de no tener acceso a las subvenciones administradas por diferentes las autoridades públicas.
Enlace: hudoc.echr.coe.int